Duda sobre Operación triangular extracomunitaria pura?

Me gustaría saber si alguien puede ayudarme con este caso: una empresa española compra a una fábrica en China y a su vez la empresa española vende esa mercancía a una empresa en Perú, dicha mercancía sería transportada de China a Perú directamente. La duda central surge cuando la mercancía llega al puerto de China, ya que la empresa peruana quiere asumir la gestión del transporte desde dicho puerto de origen. ¿Esto sería posible? ¿Seguiría siendo una operación triangular?. El objetivo fundamental es que el fabricante y el vendedor final no se identifiquen entre si.

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