¿Qué se entiende como tubería subterránea en Seguros del Hogar?

El día 24 si un parte por daños por agua socedido en mi vivienda. Los hechos ocurridos son los siguientes: El día 23 observó que se filtra agua de una arqueta situada en el sótano de mi vivienda. Llamo para dar parte y me dicen que se pondrán en contacto conmigo para mandar a alguien. Nadie se pone en contacto conmigo. Llamo al fontanero y me comenta que el motor extractor no saca el agua porque una obstrucción en la tubería de desagüe hace que el agua vuelva para atrás otra vez. El sótano es habitable con salón habitación y baño. Las tuberías están a veinte centímetros del suelo. Su agente de siniestro me dice que no está cubierto porque la conducción (tubería), es subterránea. En las condiciones Generales de la Poliza ( SEGUROS NUEZ) III. 2.4 daños por agua. Articulo 144. Alcance., dice claramente que " serán subterráneas las conducciones que estén por debajo del forjado de la vivienda". La compañía manda perito que en primera instancia acepta el siniestro al entender que efectivamente, la tubería atascada, bajo ningún concepto es subterránea. Tras múltiples llamadas, la tramitadora del expediente, me dice que no esta cubierto el siniestro porque la arqueta es subterránea, ( estamos hablando de una arqueta de 50 x50, en el suelo de mi vivienda). Entiendo que los siniestros son tratados en su origen y el origen es un atasco en una tubería a tres centímetros por debajo del parquet de mi sótano la cual bajo ningún concepto es subterránea. Esa tubería sale de una arqueta y la comunica con el desagüe general del edificio. Como consecuencia del atasco el agua VUELVE a la arqueta y de ahí se filtra al parquet pero el problema no esta en la arqueta está en la tubería que es la que se ha atascado y ha hecho que vuelva a la arqueta por su proximidad si hubiera estado más lejos me podría haber salido el agua por el WC o por cualquier otro sitio. No entiendo porqué se habla de problema en arqueta subterránea y no de atasco en tubería no subterránea y que como consecuencia de ello el agua sale por la arqueta.

Me han rechazado el siniestro.

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Jose Manuel,

A mi entender el siniestro está bien rechazado, dado que el sinestro se da por problemas en una instalación subterránea y como norma general no esta cubierto en las pólizas de Hogar.

Si el problema está en el atasco de una tubería comunitaria y le provoca a ud. el rebose de una arqueta por retorno tendrá que reclamar ud. contra la comunidad por responsabilidad civil. Esta reclamación si es posible que la cubra su seguro a través de protección jurídica (deberá consultar las condiciones de esta garantía en su póliza).

Si el origen del siniestro es una tubería comunitaria es lógico que su póliza de Hogar no lo atienda, ya que debe ser la póliza de comunidad la que repare la causa.

Mi consejo es que salvo que sea ud. una persona con amplia formación en seguros evite contratar pólizas de atención telefónica, ya que de forma habitual se encontrará en situaciones de "desinformación" al no disponer de un Agente que le asesore.

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