Si un vehículo se encuentra embargado por una financiera,¿Hay qué pagar el impuesto de circulación ?

Me embargaron el vehículo en el 2011, en el 2013 lo retiraron de donde estaba estacionado, lo comunique al Ayuntamiento de Madrid por medio de un escrito administrativo diciendo que el vehículo me había sido embargado por la financiera y que no iba a pagar el impuesto de circulación. Y en diciembre del 2016, me llegan cartas de pago, embargo, etc. Del impuesto de circulación de los años 2013 y 2014. He ido a reclamar y me dicen que el Tribunal ejecutivo del Ayuntamiento resolvió en junio del 2013 que como no había ido a LA DGT A DARLO DE BAJA TENGO QUE ABONARLO.

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Efectivamente. El propietario del coche y hasta que el Juzgado lo adjudique en publica subasta eres tu. Y tu eres el obligado a pagar el impuesto, a no ser que lo hubieras dado de baja provisional o temporal en Trafico

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