Venta de mobiliario: epígrafes, facturación y recargo de equivalencia

a todos/as

Tengo un estudio de interiorismo y actualmente solo estoy dada de alta en el epígrafe de decoradora. En mis proyectos necesito comprar mobiliario, accesorios, papeles pintados... Para mis clientes. Hasta ahora yo prescribía los productos y eran los clientes los que los adquirían directamente y así yo no tenía que comprar nada y solo les facturaba mis honorarios.

Debido a las mejores condiciones que me ofrecen tiendas y proveedores (precios más bajos y facilidades de entrega y pedido) necesito ser yo la que compra dicho material y posteriormente vendérselo a mis clientes. Las compras las realizaría en tres tipos de proveedores: tiendas locales de muebles, Ikea, tiendas de muebles online y algún proveedor mayorista o fabricante.

Mis dudas son varias:

- ¿En qué epígrafes tengo que darme de alta?

- Como tengo que pagar, ¿facturar y cobrar según el tipo de proveedor?

- ¿En qué casos aplico recargo de equivalencia y en cuales no?

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Si sus clientes son particulares, sería la de venta al por menor de mobiliario

A mi criterio el tipo de proveedor no es relevante

Si actualmente tributa por estimación directa ( tanto gana, tanto declara ) no podrá estar en recargo de equivalencia salvo que esta nueva actividad supere el 80 % de sus ventas totales, incluyendo su labor de decoradora

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