Que deberes tengo si alquilo una nave para negocio

Tengo una nave en la bañeza (león), la constrcción es de 1960, se uso como taller y ahora esta vacia. Me la quieren alquilar para abrir un taller, la nave esta muy vieja y no quiero invertir nada, dice que lo arregla el. Pero mi duda es si luego pasa algo que responsabilidad tengo yo, ¿debería hacer alguna revisión o inspección antes de alquilarla?, una vez firmado el contrato el me puede reclamar areglos basicos de la nave o por deterioro, ¿aunque en el contrato pongamos que todo corre por cuenta de el?

2 respuestas

Respuesta

Los arrendamientos para uso distinto del de vivienda se rigen por la voluntad de las partes, en su defecto, por lo dispuesto en el título III de la presente ley y, supletoriamente, por lo dispuesto en el Código Civil.

Así que vaya a un abogado que le redacte un contrato a su gusto... a ver si es aceptado por el arrendatario... que lo será si las carencias se reflejan en la renta

Lo que dice la anterior respuesta está en el Título II que es para arrendamientos de vivienda. Pero tratándose de locales, no tiene por qué ser así.

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El propietario está obligado a realizar todas aquellas reparaciones que sean necesarias para conservar el local y pueda ser utilizado normalmente por el inquilino, salvo que el deterioro lo haya causado éste o el local haya quedado destruido por causas de las que no es responsable el propietario (incendio, inundación, terremoto…) El arrendador no tendrá derecho a elevar la renta en estos supuestos.

Por su parte, el inquilino deberá abonar las pequeñas reparaciones que exija el desgaste derivado del uso ordinario del local.

Te dejo mi email por si quieres profundizar: [email protected]

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