¿Cuál es la cuantía que me quedaría con incapacidad permanente absoluta?

Me llamo Francisco, tengo 31 años y soy de Málaga. Desde hace 6 años tengo reconocida un ip total y cobro una pensión por ello y un 39% de minusvalia reconocido por un accidente laboral en la construcción, por el que me dañé la columna y tengo fijaciones metálicas. Con el tiempo he empeorado, he seguido trabajando en una profesión distinta, pero me he vuelto a lastimar y las pruebas apuntan a que me he dañado un poco más y he pensado en pedir la absoluta debido a mis continuos dolores. Mis preguntas son, ¿cómo se calcula la cuantía de la ip absoluta? ¿Tengo derecho a solicitarla y percibirla? ¿Tarda mucho en llamarte el tribunal médico y dar respuesta? ¿La cuantia de la pensión por ip total que percibo se sumaría a los rendimientos del trabajo que percibo de mi empresa?

Perdom por tantas preguntas, pero soy un mar de dudas y necesito consejo.

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La cuantía de la absoluta es el 100% de tu base reguladora, ahora estás percibiendo el 55% por la total. La absoluta esta exenta de retención del irpf por lo que el incremento es considerable.

Derecho a solicitarla tienes, que te la concedan dependerá de la valoración que hagan de tus secuelas. El dolor es subjetivo y su existencia y gravedad debe estar respaldada por pruebas objetivas.

El expediente se resuelve entre tres y seis meses pero si lo impulsas tu posiblemente resuelvan que agotes la baja si existe tratamiento para la patología.

Dejarías de percibir la total y el salario de tu empresa para pasar a percibir exclusivamente la absoluta.

Suerte y ánimo.

Y sobre la cuantía de lo que percibo por la ip total, eso se sumaría a lo que percibo en mi trabajo ?

a la hora de hacer el cálculo para la absoluta, ¿ se sumaría lo que percibo de la empresa más lo de la ip total?

me han dado resultados de pruebas y he empeorado    bastante. Es lo que voy a presentar al tribunal ..

todo mi problema viene de un accidente laboral.¿ Es cierto lo de que hay que sumar una bonificación o algo así de entre un 30 al 50% si es derivado de accidente laboral y tener algunos requisitos?

La suma del 30 al 50 es recargo por falta de medidas de seguridad si éstas han sido las causantes del accidente y va a cargo de la empresa, debe resolverlo el INSS tras informe de Inspección de Trabajo.

Las respuestas a tus preguntas dependen de muchos factores, acude a un abogado o solicitalo de oficio para que estudie tu situación con detalle.

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