Soy trabajador agrícola eventual que cobra el subsidio de desempleo

Mi padre tiene una pequeña explotación agrícola, en el año 2007 la seguridad social le obligo a hacer todos los tramites de contratación de trabajadores (siempre eventuales) a través del sistema red y le dio una autorización. Le instalaron en casa la wisuite32 y antes compro un programa de nominas. Como el es analfabeto y yo tengo estudios y me manejo en informática hasta el día de hoy he sido yo quien en mis ratos libres y cuando trabajo a deshora hago las altas, los tc y las nominas. Nunca he cobrado nada por ello.

Ahora la inspección de trabajo me quiere sancionar por ello y me dicen que yo debería estar dado de alta en el reta. ¿Esto tiene lógica? ¿Qué puedo hacer?

1 respuesta

Respuesta
1

Ante el Acta de Infracción de la Inspección de Trabajo, puede hacer un escrito de alegaciones, como bien debe especificarle en el pie de recurso del Acta, en el plazo de 30 días desde la notificación del Acta de Infracción, alegando que no existe relación laboral y que, por tanto, no tenías la obligación de darte de alta en el RETA al tratarse de una relación de las excluidas en el artículo 1.3.e) del Estatuto de los Trabajadores, pues se trata de trabajos familiares, que se desarrollan de manera puntual u ocasional, sin retribución alguna.

Es importante saber si convives con tu padre.

En primer lugar agradecerte de todo corazón tu respuesta, Patricia. Estoy casado, con tres hijos y no convivo con mis padres. Eso sí, mi casa es el numero 8 de la calle y la casa de mis padres el numero 8. Pero son dos casas totalmente independiente física y catastralmente. Las altas, bajas y las nóminas las hago en los tres mese de la recolección ya que el resto del año apenas si hay trabajos agrícolas a realizar. Esta tarea, con la ayuda de un programa de nóminas, me lleva pocos minutos ya que siempre se trata de introducir en el programa fecha de inicio o de finalización y el número de jornadas. A partir de ahí el trabajo lo hace el programa y la impresora. Si puede necesitar algún dato más no dude en pedírmelo.

No se puede imaginar la tranquilidad que me ha dado su respuesta, aun sin saber lo que dice el art. 1.3.e. saludos

Dada la información que me ha aportado, tiene dos opciones: pagar la sanción impuesta por el Acta de infracción o, como ya le hiciera referencia, oponerse al Acta mediante un escrito de alegaciones en el que haga referencia a la relación que le une con el dueño del negocio (en su caso, su padre) y que los trabajos son puntuales dada la formación de su padre en el tema de nóminas.

Tras la resolución del escrito de alegaciones, si lo desestiman, puede interponer recurso administrativo de alzada y posteriormente demanda ante la jurisdicción Social.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas