Penalizar a mi inquilino por retrasarse en el pago del alquiler

Hay alguna clausula que pueda incluir en mi contrato para que penalize a mi inquilino cada dia que se retrasa en el pago del alquiler. El quiero renovar pero yo quiero que pague de la fecha que tiene estipulada no cuando el quiera. Es solamente eso y saber que implicaciones legales tiene, si vale la pena, si no pues incluirle una recarga en el IPC o algo que simplemente haga que el inquilino pague en su fecha. Si no puede ser pues dejaré que pague cuando el estime conveniente.

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Lo malo es que un contrato no se puede resolver unilateralmente como le ha dicho... o se resuelve por acuerdo entre las partes o por orden judicial

Tendrá que valorar si le merece la pena cambiar de inquilino por un retraso reiterado

Dependerá mucho del perjuicio que le cause usted cobrar los días 15 en vez de los 10

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El retraso en el pago por parte del arrendatario es causa de resolución del contrato. Los contratos privados entre particulares pueden contener todo lo que entre ellos convengan (siempre que sea legal y esto lo es), respondiendo a su pregunta, si, puede actualizar el contrato de arrendamiento e incluir una clausula en la que el retraso en el pago este penalizado de la manera en que usted convenga y en caso de que no se cumpla, resolverlo unilateralmente.

Pero por ejemplo el inquilino ingresa el dinero normalmente hasta ahora del 10 o en adelante y normalmente tiene del 1-5 entonces quería saber si vale la pena incluir una penalización o si no son retrasos digamos considerables dejarlo pasar y yasta. Es que es continuo tiene una fecha y no cumple con su fecha simplemente por eso pregunto.

Jerónimo, el inquilino debe pagar en la fecha en la que lo habéis acordado en el contrato, te repito que el impago es causa de resolución del mismo, es usted quien debe darle la importancia que para usted tenga, en mi opinión personal, mientras que pague todos los meses, no le daría importancia.

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Efectivamente, como señala Amparo, para resolver ese contrato, salvo mutuo acuerdo, necesita acudir al Juzgado, por otra parte el simple retraso no es causa de resolución le invito a leer esto:

Los requisitos del retraso del alquiler como causa de desahucio

En tal sentido considero innecesario incluir cláusulas sobre un tema que la propia ley, y la interpretación de los Tribunales, ha dejado diafano.

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