Por dónde establecer servidumbre de paso

Soy dueño de una parcela rustica. Detrás de mi parcela hay una segunda parcela de que no tiene salida a camino público. Esta parcela linda a su vez con otra tercera parcela de otros terceros propietarios que sí tiene salida a camino. El caso es que los dueños de la parcela sin salida, me reclaman una servidumbre de paso, pero resulta que la distancia al camino es menor desde la tercera parcela: 85 m, que desde la mía: 325m, ¿puedo negarme?, ¿Quién y cómo se decide por donde establecer una servidumbre de paso? Como dato adicional, esa parcela agrícola está alquilada, yo les he propuesto alquilársela, pero los propietarios se niegan a alquilármela a mi

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De qué finca fue segregada la parcela que le pide el paso

¡Gracias! De ninguna, han sido fincas independientes todas desde tiempo inmemorial

Debe esperar usted a que le hagan una reclamación por escrito, porque esa servidumbre jamás ha existido; es decir, que no puede alegar el vecino que le corresponde un derecho por prescripción o que ya estaba constituida la servidumbre, y hay que respetarla. Por lo tanto, debe recibir una solicitud para constituir una servidumbre en notaría. Si no quiere hacerlo, porque entienda que resulta absurdo trazar un camino más largo que por donde debiera, invite a su vecino a acudir donde quiera (Juzgado, si así lo necesita) y ahí se verán las caras. No haga concesiones. No diga nada que le comprometa.

¡Gracias! El problema es que están entrando a su propiedad por la mía y cuando les he dicho verbalmente que no lo hagan, me han respondido que los tengo que dejar entrar

Eso ya es una cuestión de fuerza bruta y de Guardia Civil. Las cuestiones posesorias se resuelven en favor de quien le eche más arrojo al asunto. Si usted cierra su finca herméticamente y está alerta, podrá obtener resultados. En otro caso, le podrán afianzar una servidumbre de hecho.

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Todas las fincas tienen derecho a tener una servidumbre de paso legalmente. Es difícil entender como bien en su escritura o la escritura de la otra finca, no conste que tienen que dejar servidumbre de paso, incluso en la escritura de la finca sin salida.

¡Gracias!  En mi escritura no figura nada al respecto. Incluso me gustaría saber, si hay dos opciones de salida como es este caso, cuál se ha de elegir

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