¿Puede una comunidad de vecinos cobrar intereses de demora sin límites por morosidad?

Si una comunidad de vecinos vota mayoritariamente cobrar intereses de demora sobre las cuotas mensuales de vecinos morosos, por ejemplo un 20% ó más y además con carácter acumulativo, es decir, intereses sobre los intereses, ¿existe algún límite? ¿O la comunidad podría decidir que a quien no pague por ejemplo tres cuotas seguidas de 100 Euros al mes se le puede cobrar 1 millón de Euros al mes por intereses de demora? ¿Qué requisitos legales obligatorios debe de cumplir la comunidad para poder cobrar intereses a los pobres que no pueden pagar?

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Hay un limite de 2,5 veces el interés legal, además,incurren en mora los obligados a entregar o a hacer alguna cosa desde que el acreedor les exija judicial o extrajudicialmente el cumplimiento de su obligación". Es decir, que debe haberse reclamado la deuda para poder exigir intereses.

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No. Ese tema ya está regulado por ley.

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