Concurso de acreedores, Ere y posible comprador de unidad productiva

Mi empresa esta en concurso de acreedores. El informe de calificación sera de liquidación, con toda seguridad. Ahora nos han presentado un ERE de instincion para el total de la plantilla. Nos han hablado de un posible comprador de la unidad productiva tras el informe de liquidación. ¿Esta operación se puede realizar, sin considerarse una sucesión de empresas? ¿Puede contratar a los trabajadores después de ser despedidos, con condiciones de trabajo diferente? ¿Esto es legal?

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La Ley Concursal tiene previsto de manera expresa que la trasmisión de unidades productivas en la fase de liquidación conlleva la sucesión de empresa a efectos laborales, pero el alcance y efectos de esa sucesión los decide el juez concursal, pudiendo decidir incluso qué, para asegurar la viabilidad del proyecto, se modifiquen las circunstancias laborales de los trabajadores (art. 149.4 LC). Todo dependerá de la resolución en la que se apruebe la trasmisión.

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