¿Cómo pago una deuda a una empresa que no localizo?

En diciembre del año 2011 compré una vivienda y en escrituras refleja que una parte se pagaría a la empresa inmobiliaria mediante pagarés, los cuales ya están satisfechos. En cambio una cantidad de alrededor de 7.000 € se acordó y se reflejó en las escrituras que se haría mediante transferencia antes del 1 de enero de 2015. Anotar que tengo préstamo hipotecario con el Banco a parte de estas cantidades que reflejo.

Bien, llevo más de un año intentando contactar con la empresa constructora inmobiliaria que me vendió el piso para poder realizar dicha transferencia ya que no tengo conocimiento del nº de cuenta bancaria y no hay manera de contactar con ellos, lo único que he podido hacer es remitirles un burofax indicando la situación, que necesito ese nº de cuenta bancaria para poder realizar el ingreso. Entonces no sé si después de esta acción no consigo la información necesaria, cuando prescribiría esa cantidad o si habría algún problema al estar en escrituras, aunque no tendría nada que ver con el Banco en el que tengo el préstamo hipotecario porque ésto sería aparte.

3 respuestas

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Puede que la deuda prescriba en diciembre:

  • Deudas comerciales con otras empresas: prescriben a los 5 años (desde la nueva reforma LEC).

La fecha del pago tenía que haber sido el 1 de enero de 2015, supongo que entonces hasta el 1 de enero de 2020 no prescribiría verdad?

Un saludo, muchas gracias,

Correcto

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Parece que conoce el domicilio social al que ha mandado el Burofax. Yo no haría nada más, porque encima va a ser usted el culpable de su laxitud. Espere a la prescripción. Eso haría yo. La cantidad no parece importante para ellos. Seguro que a usted le vendrán bien unas vacaciones de Navidad y Feliz 2017. No se preocupe más ni ande por ahí con más esfuerzo.

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Consignela en el juzgado y evitara problemas y reclamos futuros.

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