¿Ha de figurar como vivienda habitual en la renta, si se ha vendido la parte del inmueble al coyugue?

En 2009 dos personas compran una vivienda (50%) cada una, sin estar casados, ni pareja de hecho. Contratan préstamo hipotecario, en el cual figuran los dos al 50%. Los dos con vivienda habitual.

En 2014, se rompe la relación, y uno le vende al otro su parte, a través de un contrato de compraventa, a precio menor que el de compra, pero no dan de baja la hipoteca, pero se hace cargo del resto de la hipoteca, a fin de mantener las condiciones ventajosas, y con clausula en el contrato de queda libre de pago de hipoteca.

Esta persona que vende, se ha empadronado en otra vivienda, pero en el borrador aún figura como vivienda habitual la antigua.

¿Se puede quita en el borrador el domicilio la vivienda vendida y poner el nuevo, aunque figure el préstamo hipotecario, en los datos fiscales? En estos figura que he pagado préstamo el 50% y no lo ha pagado, lo ha pagado la parte compradora, ¿debe figurar?

2 Respuestas

Respuesta

Si pago la otra parte se considera que le realizo una donación, o préstamo.

Respuesta

Si se vendió la casa y la parte compradora asume la deuda del prestamoa aunque sea contrato privado dicho paté del préstamo pendiente debe tenerse en cuenta en la transmisión. Ojito con la fecha de adquisición de esa segunda aprte que seria distinto a la original y no daría derecho a aplicar la deducción por vivienda habitual pues ha sido adquirida en 2014. Así que ue la renta del que compra no va a variar en nada respecto a al renta anterior a la compra.

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