Gastos de subrogación a otra entidad ¿Deducibles?

He intentado, hablando directamente con mi actual entidad, para hacer una posible novación de mi hipoteca para mejorar mis condiciones. Finalmente no accede mi banco, por lo que voy a hacer una subrogación. Supuestamente en una subrogación no se puede ampliar capital, solo se puede modificar interés y plazo. Los gastos de subrogación tendría que pagarlos yo (comisión de cancelación de mi actual banco, notario, tasación, gestoría...) y mi gran duda está en si serían todos deducibles en la declaración de la renta.

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El Manual de la Renta de la Agencia Tributariarecoge las deducciones que se pueden practicar por vivienda habitual. De forma general, explica que tienen derecho a deducción “tanto la amortización del capital como los intereses y demás gastos derivados”, siempre que la vivienda se haya comprado con financiación ajena, que la operación se haya cerrado antes del 1 de enero de 2013 y que cumpla con el precepto de vivienda habitual.

Entre estos elementos deducibles se encuentran:

  • El coste de los instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés de los préstamos hipotecarios regulados en el artículo decimonoveno de la Ley 36/2003, de 11 de noviembre, de medidas de reforma económica (BOE del 12).
  • Las primas de los contratos de seguro de vida y de incendios, siempre que estén incluidos en las condiciones de los préstamos hipotecarios obtenidos para la adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual.
  • Los gastos y tributos originados por la adquisición que hayan corrido a cargo del adquirente, tales como Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, IVA, gastos de notaría y registro, gastos de agencia, etc

La deducción de la hipoteca subrogada es la misma que la de la desgravación de la vivienda no subrogada y está sujeta a las mismas normas. Esto quiere decir que sólo podrán deducir las compras anteriores al 1 de enero de 2013 y que lo harán por la suma de las cuotas de la hipoteca, seguros asociados y comisión de subrogación en este caso.

Muchas gracias! Es que en su día iba a hacer novación (quedarme con mi actual banco, cambiando interés) y en Hacienda me dijeron que esos gastos no eran desgravables. Yo quiero cambiar de entidad, modificando el interés, y claro! no se si mi actual banco hará contraoferta. Porque me han dicho que si amplio capital, ya no podría desgravarme por vivienda.

Habla con tu banco y trasladale el problema, dile que si te lo llevas no contraoferte y listo.

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