Cooperativa para la compra de una vivienda.

Respecto a la Renta de este año: Hace años me inscribí en una cooperativa de estas que hay para la compra de una vivienda, y fui pagando las cuotas religiosamente. Con el paso de los años y al ver que no se había puesto ni un ladrillo unos 100 cooperativistas nos movilizamos y puesto que había un seguro y de mas reclamamos y al final después de varios pleitos este año hemos cobrado unos 20.000 euros. ¿Tengo qué poner esto en mi renta? ¿Dónde? ¿Es una ganancia patrimonial?

3 Respuestas

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Si el dinero que te han ingresado corresponde a la devolución total o parcial del dinero que previamente has ido abonando, en ningún caso supone una alteración pratrimonial por la que haya que tributar.

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Ni se te ocurra ir a Hacienda a hacer la declaración, yo llevo un año peleando por el dichoso tema de un cliente que fue Hacienda y se lo dclararon como rendimientos del capital mobiliario el importe percibido que como te dice los compateros si no hay alteración patrimonial no debe tributar. En cuanto a los intereses indemnizatorios deberán llevarse a la base imponible del ahorro como ganancia patrimonial

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Si ese dinero ha sido objeto de deducción por adquisición de vivienda habitual habría que devolver esas deducciones.

Si lo de las deducciones lo tengo claro, pero no sabia si tenia que tributar por la devolución de mi dinero. Ahora ya lo tengo claro gracias.

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