IRPF 2015 autónomo deducción inicio actividad

Quería consultar una duda que tengo a la hora de elaborar la declaración de la renta de un autónomo que tiene actividad profesional y que inicio dicha actividad en el ejercicio 2015. Concretamente es en relación a la deduccíon por inicio de actividad y concretamente a este apartado:"

"Que no se perciban rendimientos del trabajo en el período impositivo.

No obstante, no se entenderá que se incumple este requisito cuando se perciban durante el

Período impositivo prestaciones por desempleo o cualquiera de las prestaciones derivadas de

Los sistemas de previsión social a que se refiere el artículo 17.2 de la Ley del IRPF, siempre

Que su importe no sea superior a 4.000 euros anuales."

En mi caso concreto el autónomo antes de ser autónomo trabajo para una empresa un mes en régimen laboral (mayo 2015) y posteriormente inicio actividad como profesional (junio 2015) y presta servicios para la misma empresa únicamente. Lo que no sé es si incumplo el apartado que indico antes, ya que el año que dice de no prestar servicios en laboral no se si se refiere al 2014 o también incluye el 2015 y también el tema de los 4.000 euros tb se asocia a los ingresos por la nómina percibida (en este caso fueron 700 euros).

Añade tu respuesta

Haz clic para o