Importación mercancía de Canarias a Península

Somos una empresa de Santander que nos dedicamos a compra venta de desperdicios metálicos resultado del desguace de los vehículos. Dicha operación en el territorio peninsular genera el supuesto de inversión sujeto pasivo según el art.84-1,2º C, Ley IVA 37/1192 y para Canarias -ISP establecido en el art. 18.1.2º. D) Ley 20/1991. Queremos comprar catalizadores fuera de uso de un cliente de Canarias. El cliente se encargaría de trajer la mercancía a Santander. Mi pregunta es la siguiente: ¿Si las dos operaciones generan ISP se entiende que la importación es exenta de IVA en ese caso o se debería de hacerse cargo del DUA?

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