El pavimento de un garaje es un elemento común o es privado?

En el edificio donde vivo no todos disponemos de plaza de garaje. Los que la tienen quieren arreglar el pavimento deteriorado por el uso y pretenden que todos los vecinos aportemos una cuota extraordinaria para dicho arreglo. Quisiera saber si ese arreglo de pavimento se considera elemento común y estoy obligada al pago, o si por el contrario se considera elemento privado.

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El pavimento del garaje es elemento común. Debe revisar la escriturade propiedad horizontal para saber si usted debe entrar en ese gasto o no al no tener plaza de garaje. Asimismo, también debe saber si el arreglo del pavimento es necesario o es estético.

Muchísimas gracias. He de hacer algunas aclaraciones: este garaje figura en la escritura de división horizontal como local comercial situado en la primera planta de un sótano en el que también están los trasteros y otro garaje del edificio. Estos trasteros y este garaje sí figuran en división horizontal como tales. El propietario del local comercial lo distribuyó en plazas de garaje que luego vendió a algunos propietarios de pisos del inmueble (desconozco si también a personas ajenas al inmueble).

Por otra parte los estatutos de la comunidad relacionan como elementos de copropiedad: el solar, cimentaciones, fachadas, muros, escaleras, corredores, canalizaciones, desagües, patios, portales, ascensores, instalaciones generales de agua y electricidad y, en general, cuanto sirva para uso y propiedad común; no mencionando el pavimento.

Además, en un párrafo de estos estatutos dice: en cuanto a los gastos de conservación y reparación de las plantas de garajes y trasteros, se establece que los abonen los propietarios de los pisos en que los mismos tienen interés.

Creo que ya se ha contestado usted. Por otro lado el tema habría que verlo con detalle, porque por lo que puedo entender sin ver toda la documentación, ese garaje realmente es un local que está en proindiviso. Habría que ver bien toda la escritura y ver si ha habido ampliación de la misma, y ver si los estatutos hacen referencia a ese garaje o al garaje que ya tienen. No puedo darle una respuesta concisa el tema requeriría ver toda la documentación.

¡Gracias!  Los estatutos no mencionan ese garaje puesto que se redactaron mucho antes de que ese local se distribuyera en garajes para ser vendidos

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Doy por hecho que el garaje no está considerado una comunidad independiente, puesto que, de lo contrario, la respuesta sería evidente (el pavimento lo deberían pagar los propietarios de plazas de garaje).

El pavimento nunca podrá ser elemento privado. Siempre será común. La pregunta es, ¿común para quién? Es decir: un propietario sin plaza, ¿debe contribuir a su reparación? En principio, no parece que sea muy lógico, pero habría que revisar la documentación de la Comunidad, donde es posible que se especifique. Si no se dice nada al respecto, explícitamente, el asunto es más complejo. Habrá que ver qué se hace con el resto de gastos comunes del garaje. ¿Tienen luz (y/o agua) independiente? ¿Pagan un seguro en conjunto con el edificio?

Y, por otra parte, ¿hay propietarios de garaje sin vivienda? Si es así, ¿Éstos pagan posibles gastos del portal o escalera (limpieza, ...)?

Muchísimas gracias. He de hacer algunas aclaraciones: este garaje figura en la escritura de división horizontal como local comercial situado en la primera planta de un sótano en el que también están los trasteros y otro garaje del edificio. Estos trasteros y este garaje sí figuran en división horizontal como tales.  El propietario del  local comercial lo distribuyó en plazas de garaje que luego vendió a algunos propietarios de pisos del inmueble (desconozco si también a personas ajenas al inmueble).

Por otra parte los estatutos de la comunidad relacionan como elementos de copropiedad: el solar, cimentaciones, fachadas, muros, escaleras, corredores, canalizaciones, desagües, patios, portales, ascensores, instalaciones generales de agua y electricidad y, en general, cuanto sirva para uso y propiedad común; no mencionando el pavimento.

Además, en un párrafo de estos estatutos dice: en cuanto a los gastos de conservación y reparación de las plantas de garajes y trasteros, se establece que los abonen los propietarios de los pisos en que los mismos tienen interés. 

Tambien he de aclarar que forman una comunidad de garajes independiente de la comunidad de vecinos. 

Le agradecería si me puede aclarar si las obras de pavimentación, las cuales, en presupuesto que presentan, entre otras cosas dice: derrumbe del 75% de solera con hormigón pulido  de 10 cm y mallazo electrosoldado de 8 mm.

Puntualizar que, el hecho de que el pavimento no conste como común, no indica que no lo sea. Por poner un ejemplo, el portal es un elemento común y su suelo, en consecuencia, también lo es, figure o no explícitamente.

No obstante, usted dice que "...he de aclarar que forman una comunidad de garajes independiente de la comunidad de vecinos. ", cosa que me parece muy importante.

Si usted no forma parte de esa nueva "subcomunidad" que se constituyó al segregar el local, usted no participa de sus elementos comunes, salvo que esos elementos comunes lo sean de todo el edificio (tejado, cimientos, etc.).

El pavimento del "local" (ahora garaje), sería privativo de dicho local. Igual que nadie pretende que la comunidad le pague a un propietario que vaya a reparar el suelo de su vivienda, deteriorado por el uso, la "subcomunidad" del garaje no puede exigir a la totalidad del edificio a participar de la reparación de su suelo. Diferente sería que la reparación no fuera de la superficie del pavimento, por el desgaste sufrido. Si se tratase de una reparación de elementos estructurales, todo sería diferente, puesto que éstos son comunes a todo el edificio.

Si usted confirma que es una reparación superficial del pavimento por desgaste debido al uso, creo que el tema está claro.

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Creo que Ponte Vella Administradores te ha contestado muy bien.

Hay que mirar bien como está el tema de ese local que se vendió en plazas de garaje. Quizás es un elemento que no es común a toda la comunidad.

No se por donde tenía el acceso original el local.

Como bien te dice Ponte Vella, es un tema para estudiar con más calma, principalmente en lo referente a la escritura de propiedad horizontal y a ese local que cambia de uso.

¡Gracias! Pienso que el acceso es el mismo. Se ha construido una rampa para el acceso de los vehículos y para ello no nos han pedido aportación de cuota

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