CLAVES para consulta CDAD. Propietarios.

Somos una comunidad de propietarios (un único CIF) que está formada por tres parcelas (en cada parcela hay tres bloques), cada parcela tiene una cuenta bancaria diferente. En las cuentas bancarias sólo figura como autorizada la administradora, ninguno de los tres presidentes estamos autorizados en las cuentas.

El caso es que le he pedido a la adminsitradora que me deje las claves para CONSULTAR, la cuenta de mi parcela por internet, algo de lo mas sencillo y me las niega argumentando la LOPD, según ella con las claves al haber un único CIF voy a ver las cuentas de las otras dos parcelas, y eso esta prohibido por las LOPD.

Le he tratado de explicar que soy uno de los tres presidentes de la comunidad y propietario, vamos un comunero y ¿qué pasa si puedo consultar las otras cuentas? ¿Dónde está el problema?

Hasta donde yo sé, la LOPD no se aplica a las personas jurídicas.

Ella quiere pasarme por mail (tócate los cojones por donde se pasa la LOPD) en un pdf adjunto el extracto mensual de la comunidad, una vez al mes...

En fin ..¿cómo veis el tema?

En fin ¿soluciones al tema

3 Respuestas

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Si son ustedes una única Comunidad, los datos de las otras dos parcelas son de la misma Comunidad a la que usted pertenece.

Por tanto, ya no es necesario hablar de si aplica o no la LOPD (que sí aplica también a las Comunidades). Pero, insisto, siendo una única Comunidad, que se busque otra argumentación para no dejarles ver las cuentas.

Diferente sería que se tratase de 3 Comunidades separadas que, a su vez, pertenecieran a una única mancomunidad.

Primero de nada darte la gracias por tu rápida respuesta.

efectivamente, somos una única comunidad con un único CIF, pero en cada parcela se nombra un presindente. Por lo que soy uno de los tres presidentes que tiene la comunidad.

Entiendo de tu respuesta que al tener el cargo de presidente (y los otros dos presindentes igual)puedo acceder a ver las cuentas de la comunidad y toda la información contenida en ellas, por ejemplo consulta de recibos domiciliados, remesa de recibos a los vecinos y recibos devueltos, ver ingresos en efectivo, de que vecino son esos ingresos, transferencias realizadas etc...sin contravenir la LOPD. ¿es esto así?

de nuevo muchas gracias y saludos

Su situación es, a mi juicio, un poco extraña.

Entendería un Presidente global y 3 Vicepresidentes o 3 vocales, para poder gestionar el día a día de cada parcela de forma más eficiente. Pero si son ustedes una sola Comunidad, no deberían tener 3 Presidentes.

¿Tienen reuniones por separado? ¿Alguna conjunta? ¿Actas por separado? ¿Liquidaciones y presupuestos también?

¿Qué dice la división horizontal exactamente? ¿Habla de una única Comunidad? ¿Indica algo sobre el funcionamiento independiente de cada parcela?

Es que, a todos los efectos, funcionarían como 3 comunidades. No me parecería mal, desde el punto de vista práctico, pero no concuerda con su configuración legal real.

Ya no hablo del tema LOPD (que insisto, si son una única Comunidad, no hay más vueltas que darle. Pero, a pesar de ser una Comunidad, de facto funcionan como 3.

Si quieren funcionar como 3, pueden acordar hacerlo (reparto de gastos, etc.), pero respetando que son una en cuanto a junta de gobierno, reuniones, actas, etc.

O, lo más sensato, constituir 3 comunidades bajo el "paraguas" de una mancomunidad. Esto sería lo más coherente y lo que más se acerca al modo en que están funcionando ustedes en la práctica, pero también es la opción más compleja de poner en marcha y deberían hacerlo con asesoramiento profesional (además de tener que estar todos de acuerdo en ello).

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Como comenta el compañero, la situación no deja de ser extraña. Si ustedes son un único CIF deberían funcionar como una única comunidad pues la constitución de la misma así lo determina, cualquier otro acuerdo supone trabajar bordeando la ley. Esto puede acarrearles problemas a la larga, pero si es lo que han decidido ustedes quiero imaginar que su administrador les ha informado.

Volviendo al tema que nos ocupa, lo primero, ustedes no deben dejar a la administradora como única interviniente de la comunidad. Esto es un error grave, una cosa es confiar en el profesional y otra que sea la única persona capacitada para realizar movimientos en su comunidad. Desde Afínkate siempre recomendamos la firma mancomunada, esto es, debe existir autorización tanto por parte del presidente como del administrador para realizar movimientos bancarios.

Cualquier vecino podría tener acceso de consulta, de hecho hay entidades bancarias que proporcionan claves que son únicamente de consulta, esto no va en contra de la LOPD puesto que ustedes son los que forman la comunidad.

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Como siempre en el tema de comunidades, Polipos te ha dado una excelente respuesta. Yo no veo nada claro que bajo un mismo CIF, existan 3 comunidades, 3 cuentas, 3 presidentes, etc.

Me parece totalmente anormal. Como dice poliplos, yo entiendo que estuvieseis mancomunados, o que mancomunéis gastos comunes (si los teneis).

Yo me pregunto ¿Una comunidad puede por ejemplo encargar una obra para su inmueble? Y dar el CIF del conjunto.

Y si no pagan la obra y fueran denunciados, la sentencia recaería sobre el CIF, que se ha facturado, por lo que a efectos legales, todos los bloques serían responsables ante la justicia.

Veo una situación de lo más absurda.

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