Que tratamiento fiscal tienen las asociaciones culturales

Pertenezco a una asociación cultural de música tradicional que a veces realizamos actuaciones para el Ayuntamiento y otra asociaciones y recibimos por ello una cuantía económica que ingresamos en una cuenta bancaria y que empleamos para desplazamientos, instrumentos musicales etc. Tenemos que declararlo en Hacienda.

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Lo primero recomendarles se pongan en manos de un experto que les estudie y ayude con su caso concreto. Si lo desea, puede encontrar información de nuestro despacho jurídico, fiscal, laboral y contable en nuestra web. Trabajamos con muchas entidades similares en toda España.

Ustedes han de estar dados de alta en Hacienda como asociación cultural y presentar determinadas declaraciones (como el modelo 347 e Impuesto de Sociedades como parcialmente exento en determinados casos). Además, han de llevar una contabilidad que permita realizar y aprobar los balances de cuentas anuales.

En determinados casos, se considera que hay actividad económica, principalmente si ustedes organizan las actuaciones, y por lo tanto pueden estar sujetas a IVA en determinados casos, que habría que liquidar.

Además, el beneficio de estas actuaciones no se puede repartir, al ser una entidad sin animo de lucro y hay que ver si los músicos cobran, el alta en la seguridad social (régimen de artistas).

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