Fianza y daños en alquiler de vivienda

Estoy en la incómoda posición de arrendador, única vez y espero que última. Mi consulta es para saber como debo actuar y hacer lo correcto, me perjudique o me beneficie. Alquilé un piso hace 29 meses. Los inquilinos me avisan que se van a falta de 7 meses para la finalización del mismo que era de un año ampliable hasta tres y pusimos una cláusula en la que no se devolvería 1 mes por cada año incumplido por lo que calculo la parte proporcional a los 7 meses. Además el contrato indicada la devolución de la vivienda en el mismo estado en que fue entregada y como cuestiones importantes está no haber pintado la vivienda estando en muy mal estado por humedad por condensación, agujeros, adhesivos de posters, etc y un impacto en el cristal de la vitro. ¿Puedo reclamar por alguno de estos conceptos o por ambos, o debo devolver la fianza y asumir el coste de reposición?

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La fianza está precisamente para cubrir el coste de reparación. Por lo tanto, vaya con un profesional que le dé un presupuesto por escrito y descuéntelo de la fianza. Si los inquilinos no le permiten entrar con la persona que haya de revisar las instalaciones y hacer el presupuesto, hágales saber que habrá que hacerlo cuando ellos abandonen la vivienda, y por tanto no les podrá devolver nada (si procede hacerlo) hasta que haya comprobado los desperfectos.

Muchísimas gracias por su respuesta. Interpreto entonces que tengo derecho a esa reclamación pero ¿ y si la fianza no cubre los costes puedo en el Documento de finalización de contrato indicarlo y exigir la diferencia en base al presupuesto ? Jamás he sido casero por lo que estoy un poco perdido. Gracias de nuevo

Si la fianza no cubre los costes de reparación, ha de exigirlo de quien ha hecho el estropicio, naturalmente. Es más: si los inquilinos le firman un documento en tal sentido, aceptando la deuda, puede decirse que se licenciará usted con sobresaliente en su función de arrendador. Haga el documento de finalización del arriendo con todas las cuentas y después ya se verá si se puede cobrar. Si no tiene ese documento, mejor no enredarse en pleitos y pechar con la reparación.

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