No conforme con despido improcedente

El pasado viernes me despidieron alegando "incumplimiento de las expectativas puestas en usted y ante su disminución continuada y voluntaria de rendimiento de trabajo". Directamente han redactado la documentación para ir al CMAC y que firme que estoy conforme con el despido improcedente y con la liquidación+indemnización que me van a dar. Me surgen varias preguntas:

¿Puedo reclamar los 15 días de preaviso que no me han dado?

Sino estoy conforme con el despido ¿Qué debo hacer? Durante semanas he recibido acoso y derribo por parte de una compañera de trabajo, una persona tóxica que me ha hecho la vida imposible, y cuyo fin era que me despidieran.

2 respuestas

Respuesta
2

Lo primero de todo en el CMAC ya te considerarán en el caso de serlo, el Despido Improcedente.

Respecto a los 15 días, en el caso de considerarse improcedente, si que puedes reclamarlo.

Respecto al acoso que has recibido, deberás de denunciarlo vía penal (Policía, Guardia Civil...)

Respuesta
1

Imagino que ya será tarde a la vista de la fecha de su consulta, pero le comento por si acaso.

Rehúse en cualquier caso de que la empresa le haga la papeleta de conciliación ante el SMAC. Es, en sí, una contradicción. Me explico: le está preparando la demanda la persona (jurídica en este caso) contra la que hay que dirigir la demanda. Es decir, la empresa se está demandando a sí misma. ¿Cómo cree que será lo que en dicha demanda de conciliación se pida? Evidentemente, la empresa no va a ir en contra de sus intereses. He visto en más ocasiones esto que usted comenta, pero la papeleta de conciliación la tiene que hacer SIEMPRE el trabajador a través de su abogado. Simplemente por reclamar todo lo reclamable.

Es cierto que la empresa hace constar que el despido es improcedente y usted lo firma y ya está. Despido improcedente reconocido. Ahora bien, ¿Cuánto le indemnizan? Al final lo que importa no es que el despido sea declarado improcedente, sino que le indemnicen conforme a ello. Por ponerle un ejemplo, la empresa puede reconocerle el despido improcedente y luego indemnizarle a razón de 6 días por año, cuando le corresponden 45/33.

En este mismo sentido, ¿la empresa ha incluido en la papeleta de conciliación los 15 días de preaviso para el caso de que corresponda? ¿Y las vacaciones disfrutadas y no devengadas? ¿Y las diferencias salariales de hasta los últimos 12 meses? ¿Y los intereses legales de todo ello al 10% conforme al art. 29 del ET?

Como verá, es una práctica del todo abusiva la que quieren hacer (o ya habrán hecho) porque, además, cuando se firma en el SMAC, ya se firma también que se renuncia a reclamar nada más por ningún concepto, es decir, que le cierra las puertas a reclamar cuando se entera usted de todo eta que le comento.

Imagino que ya es tarde. De no serlo, niéguese a que la empresa haga la papeleta ante el SMAC y ponga el asunto en manos de un abogado laboralista, ya sea nosotros u otro despacho. Habiendo sido el despido el pasado 6 de Noviembre, aún estamos en plazo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas