¿La amortización del 3% en inmuebles es actualizable?

Soy arrendador de un inmueble el cual desde hace algunos años tengo arrendado y del que me deduzco en concepto de amortización el 3% del valor de adquisición menos el valor del suelo. El caso es que la cantidad resultante a amortizar es siempre la misma, no varía a lo largo de los años, mi pregunta es: ¿No debería de actualizar esa amortización?, creo que hay unas tablas de actualización para amortizaciones pero no sé si en este caso se podría aplicar, ¿creo qué sólo en el supuesto de venta del inmueble no?. Otra pregunta que me surge es a la hora de aplicar ese 3% de amortización si sería al total de sumar el precio de compra más los gastos e impuestos inherentes a la misma, ¿o primero aplicar el 3% al valor de compra y luego sumarle los gastos e impuestos sin aplicarle a ellos el 3%?. Yo lo estoy aplicando a la suma de todo pero no se si es correcto, de la otra forma sería más beneficioso. ¿También me gustaría aprovechar para preguntar si una reforma consistente en cambiar los azulejos del baño y el pavimento de todo el inmueble se consideraría mejora o gasto común?, ¿Lo digo porque en un caso tendría que amortizarlo y en otro deducirlo directamente no?.

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Una vez que adoptes un método de amortización, lo tienes que seguir manteniendo por todo el tiempo de vida útil del bien.

En el caso de venta, tendrías que cargar el saldo de la amortización acumulada y, según por el precio que lo vendas, te dará un beneficio o una pérdida.

En cuanto a la reforma, es un gasto, directamente.

¡Gracias! 

En el caso de venta de inmuebles no se que métodos de amortización hay, yo he adoptado creo que el lineal, osea amortizo el 3% del valor de la construcción. Ahora se me presenta algun gasto que considero tendre que amortizarlo en vez de deducirlo como gasto directamente y esa es una de mis dudas, si tuviera que considerar un gasto como inversión (instalación de calefacción), lo amortizaría igual que como hago con el bien inmueble al considerarlo como una mejora o lo amortizo como un bien mueble con lo cual me deduzco mas % en menos tiempo?

El método de amortización lineal es el más común. La instalación de la calefacción nunca la podrías imputar al inmueble. Según la cuantía lo considerarás un gasto o bien otro inmovilizado, que tendrá otro porcentaje de amortización distinto al del inmueble.

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