Me quitan mi plaza de garaje concurso de acreedores

En el año 2008 compramos un piso con una plaza de garaje. Resulta que hoy nos ha llamado un administrador concursal. Que dice que las plazas de garaje han salido a concurso de acreedores. Que si queremos seguir teniendolas tenemos que pujar y si hacemos la mayor puja nos quedamos con ellas. Por lo visto el constructor pidio un prestamo en el banco el cual por lo que se no pago y ahora vienen a quitarnos a nosotros las plazas de garaje . Como puede ser que si en mis escrituras pone que yo compre un piso con plaza de garaje y eso ha pasado por un notario y por el registro de la propiedad, ahora vengan con esto. No lo entiendo. Estamos desesperados y espero su respuesta lo antes posible

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La plaza de garaje suele ser una finca con inscripción independiente, es decir, que puede poner en su escritura genéricamente que se trata de un piso "con plaza de garaje aneja", sin identificar ésta; o puede tener usted dos inscripciones en el registro: una por la vivienda y otra por el garaje. Por lo tanto, lo primero que hay que pedir es una nota registral del garaje. Si ésta plaza no existe en el registro o sí existe pero está a nombre de usted, el asunto del concurso es algo que no debe preocuparle lo más mínimo. Solo tendrá problemas si la plaza está inscrita en el registro a nombre de la constructora, porque en ese caso nunca ha sido de usted (al menos registralmente) y ha de batallar el asunto en el seno del concurso. Compruebe la información registral.

Lo primero muchísimas gracias por su ayuda. Estamos muy preocupados con todo esto,además de que no entendemos de nada de esto. He estado hablando con la gestora de la comunidad y dice que aparece a nombre de la constructora. Pero como puede ser si en mis escrituras aparece vivienda y garaje.

Le escribo tal y como pone en las escrituras:

Así mismo la parte compradora manifiesta conocer y aceptar la realidad física y actual del total del edificio y de la vivienda y garaje que adquiere por la presente, su superficie, ubicación, composición,características, estado jurídico, registral, constructivo,urbanístico y medioambiental y el buen estado de funcionamiento de todos sus servicios e instalaciones.

La parte compradora acepta la venta a su favor en las condiciones señaladas de la vivienda y garaje que adquiere, cuya posesión se transmite..

La parte transmitiente responde a la evicción y saneamiento con arreglo a derecho. Y en particular transmite la vivienda y garaje al corriente de los tributos, primas de seguro y gastos de la comunidad, de los que responde hasta el día de hoy..

Espero su ayuda lo antes posible por favor. Estamos desesperados. Muchísimas gracias.

Transcriba la parte de su escritura donde vienen descritas las fincas que adquiere. Por ejemplo: "vivienda tipo B en (tal) sitio"

Piso-Vivienda Bajo A, sito en la calle calvario numero cuarenta. Ocupa una superficie construida de ciento siete metros cincuenta y un centímetros cuadrados, siendo de 96,26 metros cuadrados de superficie útil. Consta de varias habitaciones, dependencias y servicios propias de su destino. Y linda entrando en él:por su frente, con un rellano y hueco de escalera, patio de luces y piso vivienda DE de igual planta;derecha entrando, con finca edificada de don Atonio...: izquierda, con el piso vivienda B de igual planta;y por el fondo con Carretera Malpica.

CUOTA O COEFICIENTE: Representa una cuota en el total valor de la finca, elementos comunes y gastos, de 6,49 enteros por ciento.

¿Dónde aparece la plaza de garaje? ¿No tiene más descripción de fincas?

Pues en ese punto no. Más adelante pone:

Las compañía mercantil PROMOCIONES MUÑOZ PALENCIA, S.L, por su aquí representante, vende y transmite en pleno dominio, como cuerpo cierto, de la vivienda de su propiedad descrito en el expositivo I . de esta escritura, a Don Jesús... y Doña María..., que la compran y adquieren por mitad y proindiviso, con todos los usos y derechos y obligaciones inherentes a la misma, en el estadi¡O de cargas y gravámenes indicado y libres de arrendatarios, ocupantes, inquilinos y limitaciones.

La parte transmitente responde en evicdion y saneamiento con arreglo a Derecho. Y en particular transmite la vivienda y el garaje al corriente de los tributos, primas de seguro y gastos de la comunidad de los que responde hasta el día de hoy.

Les voy a decir qué ha pasado. La plaza de garaje no la incluyeron en la escritura de compraventa. O fue un error, o quizás lo hicieron deliberadamente. Lo cierto es que hubo unas escrituras en que sí estaba incluida (de ahí que se hable de "garaje" en el texto de la misma escritura) pero finalmente, en sus escrituras realmente firmadas, no apareció. Por tanto, al estar todavía a nombre de la promotora y caer ésta en concurso, tienen razón los de la administración concursal: la plaza no es de ustedes, porque no llegaron jamás a documentar la adquisición. Ha llegado el momento de acudir a un abogado.

Ya le entiendo. Ahora tenemos un. Problema y Es que hace un mes vinieron a ver nuestro piso que lo tenemos en venta y claro nosotros todavía. No. Sabíamos nada de todo esto. Y claro nosotros lo vendemos piso con plaza de garaje. Me acabo de llamar la chica q.lo vio, que en el banco los dan el dinero para comprarlo. Como lo podemos hacer. ¿Por qué eso a la hora de hacer las escrituras saltaría?. Aunque nuestra intención es ofrecerle al administrador concursar más dinero de lo q le han ofrecido y q tire para atrás la puja. Y así escriturar a nombre de los. Vecinos que hemos aportado dinero para quedarnos con el garaje. Osea q nuestra intención es hacer las cosas bien. Pero en el caso de que no salgan.las cosas como queremos. Saltaría el tema del garaje a la hora de vender el piso.

Le mande esta mañana.un mensaje. Haber si me pudiese responder lo antes posible. Gracias de verdad.

Los compradores se van a percatar que ustedes no son los propietarios de la plaza de garaje. Antes de hacer una compraventa, se consulta el registro de la propiedad, para comprobar si el vendedor es efectivamente el titular, y si hay alguna carga (hipoteca, embargos) que puedan lastrar la finca. Por tanto, pedirán una información registral sobre el piso y otra sobre el garaje, y se apercibirán de la realidad, que el garaje pertenece a una empresa y que existe una situación concursal. Por lo demás, vender algo que no es de uno es un acto delicitivo, así que se les sugiere que arreglen correctamente con la administración concursal.

Hola muy buenos días, ante todo muchísimas gracias por su ayuda, estamos desesperados.Le comento como tenemos la situación.

Ayer fuimos hablar con el administrador concursal y le ofrecimos una cantidad de dinero mayor a la puja que le han echo, para así podernos quedar con los garajes. Esa cantidad la hemos ofrecido entre cuatro vecinos. Osea que si al final nuestra puja fuese la más alta nos quedaríamos con el garaje los cuatro vecinos. Y la idea es registrarlo y escriturarlo y así luego poder nosotros vender el piso con la plaza de garaje.

He ido hablar esta mañana con la directora de nuestro banco y me ha dicho que si al final nos quedamos con las plazas de garaje. Tenemos que registrarlo y escriturarlo rapidísimo. ¿Sabe usted cuanto se podía tardar en hacer eso?

Y otra cosa que me ha dicho es, que como el garaje que en realidad es un local y lo vamos a adquirir entre cuatro vecinos.El día que se escriturase la venta denuestro piso y el graje tendrían que ir a firmar los vecinos que han aportado para quedarnos con el garaje. Porque claro el garaje es un local y no esta dividido en partes. No se si me explico. Espero su respuesta urgente por favor.

Si van a adquirir ustedes el garaje entre cuatro personas, usted será la propietaria del 25% indiviso de ese local, y eso es justamente lo que puede vender. Los cuatro propietarios tienen que dar un documento entre sí (que es inscribible si se hace ante notario) sobre el uso que se le va a dar al garaje. Por ejemplo, si dentro del local hay cuatro plazas de aparcamiento, se dirá que usted es propietaria del 25% de propiedad, lo cual le da derecho al uso exclusivo de la plaza número tal. Con ello, de hecho, estará vendiendo la plaza, o para ser más exactos: una porción de propiedad y un uso exclusivo de la misma. En cuanto al registro, el asunto tarda poco.

¿Y ese documento quien nos lo tiene que hacer? Es que no se que significa lo de que es inscribible si se hace ante notario). ¿Y con ese documento ya no haría falta que los otros vecinos se personasen en la firma de la venta de mi piso?

Los vecinos no tienen que firmar nada en la venta de su piso, porque el piso es de usted y lo vende a quien quiere sin necesidad de nadie más. En cuanto a la cochera, usted también puede vender a quien quiera su 25%, sin necesidad de que venga nadie más. El documento es sencillamente una declaración de los propietarios del garaje, distribuyéndose entre sí las plazas que hay dentro. Se lo pueden hacer en notaría sin problemas. No se preocupe por derechos de adquisición preferente ni retracto: pueden ir ustedes solos sin necesidad de traer a vecino ninguno, y la compraventa es perfectamente válida.

De verdad de corazón le agradezco tantísima ayuda que me esta dando. Porque es un tema muy delicado y estamos muy perdidos. ¿Ya le hemos mandado al administrador la oferta y el lunes sabremos si nos lo adjudican o no. Una vez que nos lo adjudicasen se podría regustrar y escriturar al día siguiente o en esa misma semana?. ¿Y el dinero cuando se le paga al administrador? Me imagino que a la firma de las escrituras.

El dinero, claro está, hay que pagarlo en el momento en que le certifiquen la entrega del bien. No les hace falta escrituras, porque los documentos que les van a dar son directamente inscribibles en el Registro, y no tendrán problemas. Así que no se agobie: el lunes tendrán su plaza de garaje y en pocos días la tendrán inscrita. Una última cosa. Compruebe que sobre el garaje no pesa hipoteca alguna constituida por la constructora, porque entonces el asunto cambia.

Osea en el momento en que a mi me llamen para comunicarme que me lo han adjudicado?? Y como podemos saber si tiene o no hipoteca el garaje?? A nosotros el abogado no nos ha dicho nada. Lo de escriturar es para que yo pueda vender mi parte a la chica que me compra el piso. O con que este registrado es suficiente para yo poderselo vender??

Hola de nuevo disculpe tanta molestia. Hemos hablado con el administrador y nos ha dicho que tiene varios embargos pero que en.el momento que se nos adjudique. El juez levanta y cancela todo. Eso es así verdad. 

Si. Todos esos embargos están bajo la férula del juez del concurso, y les entregarán la propiedad sin ellos. La mención que hice de la hipoteca es cosa distinta (pues presupone un acreedor al que se le debe dinero y que tiene inscrito un crédito preferente) pero no se compliquen la vida: si el administrador ha dicho que les entregan todo libre de cargas, así será sin duda ninguna

Esperemos que así sea. De todas maneras luego hablaremos con el para asegurarnos bien de absolutamente todo. Nos da pánico que nos puedan volver a engañar...

Por lo que he entendido no hace falta escriturar?? Con los papeles que nos de el juez podemos registrarlo y ya está??. 

Hola buenos días. Darle muchísimas gracias por su atención y su gran ayuda. Nos llamo el abogado y nos dijo que había una persona que había pujado 2.800€, osea más que nosotros. Dice que le juez va hacer como una subasta semiprivada para pujar a partir de esos 2.800. Pero nosotros no podemos subir más nuestra puja. Dice también que el juez decidirá si al final nos lo adjudica a nosotros por la situación en la que nos encontramos. Ya que nosotros no se lo vamos a poder comprar a la persona que ha pujado más. El hombre no obtendría ningún beneficio y nosotros mucho menos. Asique bueno esperemos que todo se soluciones lo antes posible. Un saludo y muchísimas gracias.

Hola buenas tardes.Disculpe que le vuelva a molestar. Necesito que me ayude . Resulta que hace un mes una inmobiliario de un banco,vendió un vivienda de el bloque a un matrimonio. El caso es que cuando esos chicos vieron el piso, vieron la cantidad de humedades que habia en los techos y paredes de la parte de arriba de esa vivienda. El de la inmobiliaria les dijo que no se preocupasen que el seguro decenal de la constructora se haria cargo y se lo arreglaria. Este bloque tiene 8 años de construccion . Bueno pues lo chicos decidieron comprarlo. Resulta que ya se han venido a vivir aqui y han dado parte al seguro decenal y han venido a verlo,pero por lo que dicen no les dan respuesta alguna. El caso esque los chicos quieren convocar una reunion con los vecinos para decirnos que la comunidad se tiene que hacer cargo del arreglo del tejado y claro del arreglo de su vivienda. Esto es asi??. Porque los vecinos tenemos ahora que hacernos cargo de eso?? 

Estos chicos vieron todas esas humedades antes de comprar la vivienda. Y la persona que se lo vendio les dijo que no se preocupasen que el seguro decenal se haria cargo. Ahora que pasa?? Pueden reclamar a la comunidad?? Tendriamos obligación de arreglarselo??.

Los bancos son la leche. Venden los pisos a precios ridiculos,por lo menos este,que no se ni como no se lo han regalado a los chicos porque el piso tiene una cantidad de humedades exageradas y ahora resulta que nos comemos el marrón la comunidad.

Espero que me pueda ayudar porfavor. Un saludo y espero su respuesta lo antes posible.

Le contesto en pocas palabras. El arreglo del tejado es siempre cosa de la comunidad. De eso no hay ningún género de dudas. La comunidad se lo podrá reclamar a su propio seguro, al del constructor o pagarlo a escote; pero es su responsabilidad. En lo que respecta a las humedades que han encontrado los nuevos vecinos, el asunto es totalmente distinto. Cuando una persona compra algo, se entiende que los problemas que existían antes de la venta son cosa entre el anterior propietario y el actual, de forma que los tribunales no aceptan de ninguna manera que alguien compre una parcela como cuerpo cierto y empiece a pleitear con los vecinos por cuestión de metros. De esta forma, a quien han de reclamar los nuevos propietarios es al vendedor, que, con toda la razón, les dirá que han comprado también a cuerpo cierto. No es problema por tanto de la comunidad.

Osea que podemos estar tranquilos?? Porque vale que el tejado es cosa de la comunidad. Pero me parece increible que ellos  compren un piso por poquisimo dinero debido a su estado y ahora pretendan que los vecinos le arreglemos la vivienda. 

Estamos muy preocupados por este tema porque esta comunidad no es comun. Vivimos en un pueblo solo vivimos tres vecinos,los otros pisos son del banco y  pagamos poquito de comunidad,por lo que no tenemos practicamente dinero en la cuenta.Solo para los gastos basicos.No tenemos tampoco seguro de la comunidad. Nos da miedo que se puedan poner brutos y nos denuncien y haber como hacemos nosotros frente a eso. Aunque llevemos razón eso produciria unos gastos.

Los pleitos siempre producen gastos, y en esta clase de asuntos además hay que añadir la batalla de informes periciales que se atisba en el horizonte. Esos nuevos vecinos no tienen derecho a reclamar nada a la comunidad; no cedan ni un milímetro. Pero otra cosa sería que tuviesen ustedes derecho a un abogado de oficio. Anímense, quizás no pase nada.

Claro es que yo se que les vamos a decir que ellos compraron el piso sabiendo y viendo las humedades que había en el piso. Y nos van a contestar que si, pero que esas humedades son del tejado y por lo tanto responsabilidad de la comunidad. Ellos yo lo que veo es que quieren que se lo arregle alguien a toda costa, ya sea el seguro decenal y de no ser así la comunidad. Y entonces esta gente que tendría que hacer, ¿arreglar ellos el tejado y la vivienda?. Porque lo mismo el banco se lava las manos. Lo que me fastidia es que siempre los perjudicados somos los mismos.Los que no tenemos culpa. Lo que no se como se les ocurre comprar una vivienda en esas condiciones, yo antes de comprar hubiese exigido el arreglo. ¿Y otra cosa en unos años no podrían reclamarnos nada respecto al tejado?. Y eso de comprar a cuerpo cierto, ¿exactamente qué es? Es que no entendemos nada de estos temas.

Entonces nosotros tenemos la obligación de arreglar el tejado pero no la vivienda de los chicos?? Esque no lo he entendido bien. Al decirme que el tejado es responsabilidad de la comunidad de todas todas y luego me dice que no tenemos obligación de arreglar nada. Ni nos pueden reclamar nada. Disculpe tanta molestia de verdad .

La estructura de un edificio, su cubierta y fachadas son sin duda elementos comunes. Es decir, pertenecen a todos los propietarios. Exactamente igual que si usted compra una parcela con unos amigos: tendrá un tanto por ciento de cuota de propiedad. Por lo tanto, los comuneros tienen la obligación de mantener en condiciones lo que es de todos, y el tejado lo es.

Cosa distinta es la acción de daños y perjuicios que dirija contra esos comuneros una tercera persona, como es el caso de quien manifiesta que el estado defectuoso de la cubierta ha ocasionado daños en su finca, como consecuencia de la falta de atención de esa comunidad.

Pero no es tan fácil pasarle la factura a la comunidad. Para ello se necesitan unos requisitos de notificación, exigencia de responsabilidad en junta, legitimidad con respecto al pleito y cumplimiento de la propia obligación que aquí, Mery, no se dan.

Por lo tanto, ustedes tienen que reunirse tal y como señalan sus estatutos y adoptar los acuerdos que crean procedentes con respecto a su comunidad, como por ejemplo solicitar presupuesto para el arreglo de la cubierta ( que luego requiere ser aprobado).

Madre mía que lio. Si no he entendido mal.La comunidad se tiene que hacer cargo del arreglo del tejado. Pero no de los daños que tiene la vivienda de estos vecinos. ¿La vivienda se lo tendrán que reclamar a quien se lo vendió no? Ya que ellos vieron los daños que había en eso vivienda antes de comprarla y a pesar de eso decidieron comprar.

El problema es que esta comunidad no tiene solvencia económica. Que hay que hacer en este caso. Hay alguna ayuda o algo que podamos solicitar para ayudar a la reparación. ¿Habría que ir al banco y pedir un préstamo? ¿Hay condiciones especiales al tratarse de una comunidad?. Estas viviendas están en castilla la mancha.

¿Qué pasa si algún vecino se niega al arreglo por no tener dinero para pagar la derrama?

Le vuelvo a pedir disculpas por molestarle tanto. Estamos muy muy perdidos en esto. Espero su ayuda lo antes posible muchísimas gracias de verdad.

Mery, está usted metida en un bucle. Por mucho que le conteste, sus dudas crecerán y serán siempre las mismas. Han de ir a un abogado.

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