Alquiler de vivienda sin estar al día en la comunidad

En mi bloque hay un propietario que actualmente no esta viviendo en su piso, debe numerosas cuotas de la comunidad y tiene unos aparcamientos embargados . Parece que va a alquilar la vivienda. Mi pregunta es la siguiente ¿puede alquilar dicha vivienda sin ponerse al día en las cuotas de la comunidad? De ser alquilada ¿quién debe correr con los gastos de comunidad, propietario o inquilino?.

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Puede alquilar su vivienda.

El responsable del pago de las cuotas de la comunidad sigue siendo el propietario, aunque él tiene derecho a repercutirlas al inquilino si así se pacta en el contrato.

Mírelo desde el lado bueno, si alquila la vivienda recibirá una inyección de efectivo y tal vez se ponga al día en las cuotas.

Eso si, si no lo hace de inmediato, no sé a qué esperan para demandarle.

Muchas gracias por su respuesta aclarándonos las cosas. Respecto a lo de demandarlo nos comentaron algo de que si se puede demandar , pero la vivienda esta puesta a nombre de una empresa y parece ser que así las cosas se complican porque disolvieron la empresa declarándose insolventes. No se, si puede orientarme también en esto se lo agradecería mucho.

Un saludo. 

Si ustedes demandan a la empresa y "desapareciera", alguien ha de ser propietario del piso... y el piso - es decir el propietario - responderá de la deuda del piso.

Pero como para poner una demanda necesitarán un abogado, éste les indicará en todo momento la mejor manera de proceder.

¡Gracias! ha sido usted muy amable.

Eso si no dejen que la deuda adquiera antigüedad... si hubiera un "cambio de propietario" el nuevo dueño solo asume deudas de la comunidad de los últimos 4 años

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