Baja contrato mercantil (autónomo), plazos, qué hacer con clientes.

Tengo una persona autónoma trabajando una serie de horas desde hace unos meses.

Yo captaba clientes y se los transfería (porque no me podía hacer cargo de más), quedándome con el 50% de la factura. Me he dado cuenta de que su trabajo no es bueno y he decidido rescindir el contrato con él. Según viene en el contrato, no tengo que darle preaviso (he intentado hablar con él varias veces para decirle que tenemos que hablar, pero me retrasa la cita, aun no sabe que va a dejar de trabajar conmigo, pero creo que lo sospecha).

El problema viene con los clientes con los que sigue trabajando en mi nombre, he hablado con algunos y les he dicho que no trabaja más para mí desde hace un par de días, la mitad han decidido venirse conmigo, pero otros no, ya que la labor estaba avanzada.

¿Tiene qué compensarme de alguna manera por esos clientes que se va a quedar?

¿Hay algún plazo para decir a un autónomo que se rescinde su contrato mercantil?

¿Puedo seguir llamando a clientes para recuperarlos?

¿Puede ponerse en contacto con ellos él? (Esta persona no ha captado ningún cliente, todos me llamaron a mí).

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Lo primero que debe hacer usted es notificar de forma fehaciente que "cesa" la relación mercantil con esta persona. Con respecto a las posibles compensaciones, hay que atenerse a lo firmado por ustedes, lo que conlleva leer el contrato de ustedes. No obstante, lo principal a estas alturas es notificar fehacientemente la baja a este colaborador.

No tenemos nada firmado sobre los clientes. Puede dar problemas? 

Un mail con acuse basta? Es que no quiere ni venir a hablar. 

Si no hay nada estipulado, es difícil que pueda usted reclamar algo. No obstante, puede reclamar desde que se haya producido una notificación fehaciente. Burofax. Burotex, cualquier medio que garantice la recepción y lectura de la comunicación.

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