¿Es necesario en un recurso de reposición la firma del abogado o basta con la del procurador? Porque mi abogado no firmó.

Planteo la pregunta porque mi abogado no suscribió el documento sino que me dijo que en su lugar solo lo haría el procurador, que es una practica muy habitual.

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¿Qué tipo de recurso de reposición? El recurso de reposición está previsto tanto en la tramitación judicial como contra una resolución administrativa.

Era un escrito de reposición ante una providencia emitida a un juez donde lacónicamente me niega la personación ante un procedimiento de tutela de mi madre, ya fallecida. Un saludo.

En cualquier caso le agradezco la respuesta, pero mi tema es más grave, porque claramente el Juzgado que lleva este caso no está actuando con arreglo a la ley, es decir, hay un procedimiento que no se está cumpliendo por quienes han de observar la ley y mis derechos van a ser lesionados una y otra vez y no se que hacer, para que voy a mentir. Un saludo. Eva.

Nuestra Ley procesal civil establece la regla general de que los litigantes serán dirigidos por abogados habilitados para ejercer su profesión en el tribunal que conozca del asunto. No pudiéndose proveer a ninguna solicitud que no lleve la firma de abogado.

No obstante existen excepciones a esta regla, como es, el caso de los escritos que tengan por objeto personarse en Juicio.

El Recurso de reposición planteado por tu letrado dimana de un intento de personación negada mediante providencia.

Creo que esa es la razón por la que tu escrito no ha ido suscrito por letrado.

Espero haberte despejado la duda, para cualquier cuestión no dudes en preguntarme.

¡Gracias! De corazón. Pero ya le decía que el problema que de alguna manera se me trasladó oficiosamente es que el Juez no aplica los artículos que debiera en este procedimiento, y lógicamente, no podría indicarle mucho más por este medio, pero me siento muy indefensa. Esa sería la palabra y sin saber que debería hacer exactamente. En cualquier caso gracias y que disfrute de sus vacaciones. A pesar de contar con letrado, no va a profundizar en el tema, puede que por temor, creo. La información de lo que acontece en mi caso ante el Juzgado, cosas de la vida, la obtuve providencialmente de un letrado que por piedad y en parte como él admite por pura ignorancia, al no saber donde se metía, lo indagó casi accidentalmente yendo a preguntar, como quien no quiere la cosa, al propio Juez y le participó ciertas cosas. Que consejo me dio, que abandonara. Por eso, se que al insistir en personarme, se que es vano.. Y que solo voy a gastar dinero. Pero,es cierto. Aunque me gustara, no se como evitar ese abuso y defender mis derechos, que no sólo se ven lesionados en ese ámbito. Mi tema se enraíza con otro y todo está plagado de seré fina,irregularidades, por no decir delitos.¿ Que por qué? Tras un año, creo que porque la parte contraria ha vendido una tragedia que le acaeció a mi madre como un arma para atraer simpatías,ir de víctimas y ser simpáticos e intocables. Y a costa de ello, se suman de veras, tantos frentes,que probablemente, no pueda esclarecerlos y hacer que brille una cierta justicia. O tal vez si. Sólo tengo que encontrar un letrado con mayúsculas. Ojala y lo encuentre. Gracias por haber solventado mi duda y perdone que me haya extendido.

No puedo conocer el asunto en profundidad, puesto que no soy su letrado, pero si se siente insatisfecha con el trabajo de su abogado, el mejor consejo que le puedo dar es que busque uno de su entera confianza.

En muchas ocasiones no se trata de dinero o de más o menos complicaciones, se trata de perseguir la satisfacción del cliente, que muchas veces no está ligada con ganar el pleito, sino con hacer todo lo que está en la mano del profesional para satisfacer a la persona que te ha contratado.

Ostras. Le agradezco el consejo, pero esto ya no tiene arreglo. Es muy fuerte. Hace un año vi la tutela de mi madre, que estaba incapacitada, y comprobé que lo que la tutora quería repartir en herencia no se correspondía con lo que había. Pues bien. Siempre,desde entonces quise personarne y no lo logré a pesar de tener una letrada 5 meses con ese menester encargado

 Pues bien . Me aburrí y la herencia no estaba adjudicada. Pues en este mes, no se lo creerá ,estoy intentando personarme y nada y entretanto hago un escrito de lo único que conozco de la tutela,la rendición final, y la hago particular,aludiendo a que cono no se ha respetado el articulo 280, pues nada,...yo pensando que no han contestado y hoy me acerco al juzgado a ver de nuevo la tutela, porque vi un par de cosas la anterior vez que me inquietaron, y. . está cambiada. Se lo juro. Ni rastro de lo que vi...documentos de la casa de mi madre, muy fuerte e incluso vi que mi escrito si había sido contestado pero no me habían remitido a mi la providencia y demás documentos sino teniendo mi dirección, sino a un procurador que tenía para otro asunto. Pues desde el 22 de julio lo retiro este señor y a mi no me ha dicho nada ni me ha llamado. Nada. Y le digo más, veía últimamente conexiones entre este señor y la parte contraria. ¿que hacer ahora? Habrá que denunciar, no? Tenia 5 días para el recurso.Y lo de la tutela cambiada es de película. La ultima rendición no varió, pues en todo este tiempo yo tenía copia, pero sin sellar, y no aparecía la casa de mi madre. Ahora aparece incluida esa rendición, anteriormente,cuando me persone no estaba, y no hay variaciones. Pero denunciaba aspectos importantes para mi, que no llegaran a ninguna parte, supongo.Siempre se me negará la personación, me temo. Solo queda por solicitarlo otro familiar mio. Pero el expediente que se haya archivado antes del año, sin aplicar el artículo 280, yo impugne y aunque me respondieron el procurador no me trasladó la providencia. Hay que pedir responsabilidades. Por favor, que hacer? Ustedes se van de vacaciones pero los juzgados creo que no cierran en algunas cosas.¿ puede aconsejarme? Gracias. Podría un hermano mío solicitar la personación? Y si ella es denegada, impugnar por medio del artículo 280 la tutela,la rendición final de cuenta. Un saludo y gracias.

Abel, usted conoce a un buen abogado aquí en Málaga. Milagros, ante el fraude, no va a poder hacer, pero uno que sea tal como lo describió antes?  ¿Y sabe usted si puede un hijo personarse en una tutela es este caso de su madre ya fallecida, que residía fuera cuando fue incapacitada, con objeto de obtener copia de la tutela, las cuentas,  gracias. En cualquier caso ya se que es tarde, sobretodo porque ha transcurrido un año y se lo crea o no esa tutela está alterada.Un saludo.

Perdone la tardanza.

Lo siento no conozco ningún abogado de Málaga para recomendarle.

Respecto a la personación en un procedimiento de tutela de una persona ya fallecida, eso ya no es posible, puesto que estaríamos ante un procedimiento carente de objeto.

Lo que sí podría hacer si ha detectado algún ilícito civil o penal, en algo que haya tenido que ver con su madre, es iniciar el correspondiente procedimiento judicial que verse sobre esa circunstancia.

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