¿Tengo derecho al plus de nocturnidad trabajando a turnos?

Buenas,

Actualmente me encuentro trabajando a turnos, rotando entre los horarios de 7-15, 8-17, 15-23 y 23-7, todo esto se encuentra recogido en mi contrato. Mi convenio (el de oficinas técnicas) dice en su artículo 35 que el trabajo nocturno se retribuirá con un ciento por ciento más de los salarios fijados salvo para el personal sujeto al sistema de turno y para el contratado expresamente para la realización de un horario nocturno. Lo cual contradice al artículo 36 del estatuto de los trabajadores. ¿los convenios no son sólo para mejorar? ¿tengo derecho a cobrar el plus de nocturnidad? 

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