¿Quién debe asumir los costes de una segregación?

En Octubre alquilé una casa que tiene vivienda arriba y garaje abajo. Está escriturado todo como vivienda con garaje-trastero. A la hora de alquilarlo les comuniqué mi intención de que en unos meses querría montar una asociación cultural abajo abierto al público y me contestaron que no habría ningún problema, que en unos meses haríamos el cambio de contrato de vivienda a local.

Me he gastado el poco dinero que tenía y mucho tiempo ya que en el piso no había absolutamente nada y abajo también. He encontrado la gente para hacer la asociación y hacer talleres y conciertos y a la hora de pedir el cambio de contrato me dicen que no es tan fácil. Que se tiene que hacer una segregación, que además la parte de abajo tiene que estar dividida con cortafuegos y afuera poner una repisa para que las ventanas del garaje no entre fuego en caso de incendio, además de hacer división de contadores, etcétera.

Me fui de la reunión casi llorando y a medida que pasan los días me voy enfadando sabiendo que me hicieron firmar rápido el contrato prometiéndome que sería todo facilísimo a la hora de cambiarlo a local. Me dijeron que las leyes cambian cada dos por tres y que en aquél momento ellos no podían saber qué iba a suceder.

Mi pregunta, por favor, es en el caso de que quiera seguir adelante, ¿quién debería asumir los gastos de la segregación, gastos de notario, la nueva instalación eléctrica, etc? ¿Se puede negar el propietario a realizarlo y por tanto tendría que dejar este espacio después de haberlo arreglado? ¿Hay alguna ley que me pueda amparar?

He conocido a los propietarios y son buena gente,. Son los administradores los que me han engañado y hasta pienso que sería denunciable.

Disculpe por el largo enunciado y

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Como usted comenta los administradores le dijeron a todo que sí para cobrar su comisión y olvidarse. En estos casos y con inversiones tan importantes es muy recomendable tener de su mano a un técnico y un abogado. Con una mínima inversión podría conocer estos hechos de antemano y saber cómo actuar.

A nuestro modo de ver ahora es un asunto entre usted y los propietarios del inmueble. Usted quiere modificar el estado actual de la vivienda local y al final los que se benefician de este estado, parte de usted son los propietarios.

Ya que según comenta, ellos aceptaron las condiciones de que luego se modificase el local, podría negociar que los gastos se compartieran entre ambas partes, uno como propietario y otro como usufructuario.

Y esta vez vaya con un técnico y un abogado de la mano para que todo quede reflejado en un contrato y haya un control de gastos: segregación, notario, escrituras, registro, etc.

Esperamos haber sido de ayuda. Un saludo y gracias por valorar la respuesta.

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Habría que examinar el contrato de arrendamiento para poder darle una orientación legal más adecuada. Hecha la advertencia anterior si el contrato de arrendamiento constan como anejos inseparables de la vivienda tanto el garaje como el trastero usted no puede exigir el cambio de uso de ninguno de los elementos arrendados.

Por lo tanto, una opción sería resolver el actual contrato de arrendamiento y celebrar un contrato de arrendamiento de vivienda y otro de local de negocio(garaje), siendo preciso para ello que sus propietarios insten la modificación del uso asignado al garaje.

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