Hay algún tipo de indemnización cuando has trabajado 3 años con contratos de un año de DURACIÓN?

Tengo una hija que empezó a trabajar enJunio del 2012, con contratos de un año. Cuando acaba, le hacen otro nuevo de otro año. Ahora en Junio se le acaba el tercero. Si no se lo renuevan, ¿tiene derecho a alguna indemnización? ¿Y si le ofrecen renovar y lo deja? ¿La empresa está obligada a comunicarle con tiempo en caso de no renovárselo?

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El plazo máximo previsto por el Estatuto de los Trabajadores para los contratos temporales es de un máximo de 3 años, tras los cuales o bien se cesa al trabajador o bien se le debe hacer un contrato indefinido.

No obstante, puede ser que si la causa de esa temporalidad no es cierta, podría considerarse que el trabajador es indefinido desde el principio. Para ello habría que ver cuál es la cláusula que motiva el contrato, y las funciones realizadas por su hija.

Por otra parte, al ser el último contrato de duración no superior a 1 año, no se exige preaviso por el ET, pero puede ser que el convenio de aplicación sí establezca un preaviso específico.

Si necesita más información al respecto, no dude en contactar con nosotros sin ningún compromiso.

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