Legislacion sobre placas fotovoltaicas en Castilla Leon, Burgos.

Quisiera instalar unas placas fotovoltaicas en un edifico destinado a guardar aperos.

Seria para tener iluminacion y accionar el motor de la puerta de seccionable y si es posible un pequeño frigorifico tipo Hotel.

No quisiera, para nada, tener que contratar una instalacion electrica conbencional, pero no se como esta la legislacion en este sentido, me comentan que se esta poniendo la cosa como para arrepentirse de haberlas instalado.

Agradeceria me orientaran en la biavilidad legal de acometer dicha instalacion.

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Si he captado bien el mensaje, estamos hablando de un edificio rural sin electrificación, además parece que la instalación fotovoltaica sería destinada a producir energía suficiente para cubrir las necesidades mínimas o sea autoconsumo.

Si es así y no hay venta de energía producida para más usuarios no hay legislación que implica vínculos, permisos o autorización algunas...

Las normativas cayen sobre todas las instalaciones conectadas a red y que venden la energía producidas, en su caso no es así.

Proceda tranquilamente al dimensionado y a la instalación de lo que necesita que por cierto no es gratis y los gastos son a su cargo y el estado no da nada por eso no hay normativa que pueda valer además en su propiedad privada.

Espero que se ha aclarado la duda, para eventuales otras dudas, cuente conmigo, estaré dispuesto a compartir con verdadero placer conocimientos y experiencia...

Cordiales saludos

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