Que clase de prestaciones se puede solicitar por cuidar de una persona.

A mi marido lo han jubilado con 57años por perder un ojo y en el otro ve un 30 % se puede pedir alguna clase de ayuda por necesitar ayuda de otra persona.

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Siento la dificil situación de su marido.

Como en muchas ocasiones, no estoy lo bastante informado en este tema. Tengo entendido que en estos casos es aplicable la ley de dependencia, (prestación) así fué hace ocho años en el caso de mi abuela materna, que en aquel momento contaba con ochenta años, era jubilada y pensionista por viudedad.

En nuestro caso, hace años que hicimos los trámites (2008) y somos de Andalucía, la verdad es que no lo recuerdo, pero puede ver estas páginas para informarse al detalle de todos los pasos a seguir para solicitarla

http://www.plusesmas.com/cuidadorfamiliar/que_es_dependencia/sabes_como_solicitar_las_prestaciones_de_la_ley_de_dependencia/1159.html 

http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_ConvocaPrestac_FA&cid=1142592407051&definicion=Prestaciones+Sociales&idConsejeria=1109266187278&idListConsj=1109265444710&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&tipoServicio=CM_ConvocaPrestac_FA 

http://dependencia.imserso.es/dependencia_01/normativa/index.htm 

Creo que la cuantía de la pensión asciende a 460€, y es conmutable por servicios de atención y cuidados.

De manera separada a esta prestación/pensión por dependencia, tambien pueden solicitar un reconocimiento de minusvalía, que en caso de ascender al 65%, tambien supondría una pensión -no contributiva- de 360€. Pueden solicitarla en un centro de INSS (Seguridad Social) o en un centro base (centro de diagnóstico de su provincia)

http://www.fundacionadecco.es/_data/LegislacionBonificaciones/Pdf/7.pdf 

Estas son los centros INSS para cada comunidad

Por mi parte -dentro del marco de la jubilación- no recuerdo más opciones, lo siento. Salvo las clases pasivas, aunque entiendo que por la edad de su marido es imposible aplicarlo.

http://www.clasespasivas.sepg.pap.minhap.gob.es/sitios/clasespasivas/es-ES/Paginas/inicio.aspx 

Mucho ánimo.

Pero a él  le han dejado una pensión de 1400€ cree q tendremos derecho a la dependencia. 

Basándome en mi experiencia personal, totalmente sí, tendrían derecho.

Mi abuela cobraba la pensión de dependencia y al mismo tiempo percibía su pensión de viudedad, aunque como le dije, esta situación se produjo desde 2008 hasta 2011, es posible que las leyes hayan cambiado ahora a día de hoy, en base sobretodo a esta profunda crisis que vivimos desde hace ya más siete años.

Salvo este documento, no encuentro ahora mismo ninguna información que confirme o desmienta tal punto, pero puede informarse mediante los enlaces que estuvimos viendo ayer, en concreto desde su centro de salud (médico de cabecera), y tambien llamando al teléfono gratuito 900 406 080 (Asuntos Sociales), en el que le podrán explicar todo lo que necesite conocer para realizar el trámite. No tengo preparación para moverme bien en estos temas, pero si puedo ser de más ayuda estaré encantado de buscar información. Mucho ánimo y suerte.

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