Cotización de la seguridad social

Si estoy cobrando el paro, ¿puedo cotizar yo particularmente a la seguridad social?

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Si cobras "el paro" (prestación por desempleo) el SEPE cotiza por ti a la SS el 100% de la cuota empresarial y el trabajador el 100% de la cuota del trabajador. Evidentemente no se cotiza la parte correspondiente al desempleo, accidente de trabajo y enfermedad profesional, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional . La cotización es por la base de cotizaciones que tuvo el trabajador durante los últimos 180 días antes de cesar en el trabajo.

Si te fijas en el detalle de la nómina del desempleado que recibe el paro se descuentan una serie de conceptos:

  • La retención del IRPF, que varía en función de los hijos que se tengan (entre un 8% y un 17%)
  • La cuota de Seguridad Social que paga el desempleado.

En la práctica, el SEPE ingresa en la Seguridad Social todo, lo que aporta más lo que le descuenta al trabajador en el pago de la prestación.

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