Incumplimiento contrato de arras por parte del vendedor

Hace algo más de 2 meses nos decidimos a comprar una casa en la provincia de Tarragona, cuando estábamos a punto de firmar el contrato de arras nos dimos cuenta de que la piscina de la casa no estaba legalizada y le transmitimos nuestra inquietud a la inmobiliaria. Ellos nos garantizaron que estaría legalizada en el momento de ejecutar la compra (en un par de semanas). Desde la firma del contrato de arras no volvimos a saber nada de la inmobiliaria hasta hace poco que se pudieron en contacto con nosotros para confirmar la fecha de la compra. Aprovechamos para preguntarles por la piscina y nos dieron largas, hace un par de días tras insistir via Mail y teléfono nos dicen que lo han mirado todo, que se puede legalizar, pero que el coste ( unos 800€ ya q no hay proyecto) lo tenemos que asumir nosotros. Por nuestra parte, no estamos dispuestos a pagarlo porque ya no nos fiamos ni de la inmobiliaria ni del vendedor (hay alguna otra cosita en la que se han aprovechado de nuestra buena voluntad, somos unos pardillos, pero no quiero entrar en más detalles). Mi pregunta es, si el vendedor no tiene los papeles en regla de la piscina el día de la compra, ¿se puede entender que no ha cumplido su parte? ¿Tendría qué darme el doble de la señal? ¿Cómo se ejecuta esa opción? Otro problema es que en las arras le dimos 30 que figuran en el contrato y 20 que no aparecen por ningún lado (siguiendo el consejo de la inmobiliaria también), por lo que estamos un poco "pillados". Lo dicho, somos unos pardillos...

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Estimada María,

No es que sean ustedes unos pardillos, sino que en España se estila la picaresca desde tiempos remotos.

Para darle una respuesta a su consulta habrá que ver qué dice exactamente el contrato de arras y si, entre otros puntos, se habla de una piscina legalizada o en trámites de legalización y, en dicho caso, sobre quien recae los trámites y costes de dicha legalización.

Imagino que el contrato de arras estipulaba que, para el caso de incumplimiento del vendedor, deberían de devolverle el doble de la señal entregada.

Si ustedes entregaron 30 y en el contrato figura 20, esto lo hizo la inmobiliaria para, en caso de incumplimiento por parte de ellos, tener que devolverle el doble de lo que figura (20x2=40) y no el doble real de lo abonado (30x2=60). Ahora bien, si esos 20 abonados y no reflejados en el contrato figuran o se pueden justificar (entrega de recibo, justificante bancario, testigo, etc), se podrá reclamar el doble de lo pagado realmente, no lo que figura en las arras.

Sobre cómo ejecutar esto, pues como cualquier reclamación, es decir, reclamación extrajudicial y, de omitirla o responder negativamente, demanda en vía judicial, todo ello por medio de abogado.

Llámenos y le atenderemos personalmente y sin compromiso, por si desea iniciar con nosotros estas actuaciones. Trabajamos en todo el territorio nacional.

951 71 50 41

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