¿Puedo instalar relojes para temporizar acumuladores?

Mi pregunta es más bien desde la legalidad,¿podría realizar yo la instalación de relojes con contactores para la temporización de acumuladores? Haciéndolo correctamente, es decir bien calculado y dimensionado y en su caja a parte de la de la vivienda, o se precisa de un instalador autorizado para que emita un certificado o levante dictamen. Me interesa para en un futuro no tener ningún problema legal.

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No hay ninguna ley ni reglamento que lo prohíba. De "puertas adentro", o sea partiendo de tu tablero de distribución, puedes hacer lo que quieras. Es más, es totalmente normal poner temporizadores a los acumuladores para así dirigir el consumo hacia ellos en las horas en que la electricidad es más barata (contrato de "discriminación horaria").

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Tu mismo podrías realizarla, si la instalación ya esta dada de alta y no supone una reforma, no tendrás problema

Hola, seria necesario proteger la maniobra? 

En que te refieres a la maniobra ¿?

La maniobra de los contactores la manejaria el reloj, con lo cual no necesitas nada mas que un reloj y varios contactores de potencia para cada acumulador, es mas, puedes hasta secuenciar el arranque de los acumuladores, es decir, que uno entre despues de segundos que haya entrado otro para evitar picos solamente con una cabeza temporizada que va acoplada en el contactor

Me refiero a proteger la maniobra de los temporizadores u contactores con un automático, por si se quema y deriva alguna bobina.

De donde saques la alimentación ya tendrá su protección magnetotermica, pero si vas a montar un cuadro a parte puedes montar un automático para proteger los dispositivos

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