El IVA en las comisiones de empresas de la CE

Si como Agente Comercial facturas comisiones a una empresa de un pais comunitario por ventas en España, tengo claro que la factura ha de ser sin IVA y sin Retenciones. Pero este IVA, ¿ha de ser contabilizado y liquidado trimestralmente a Hacienda como hacen los operadores intracomunitarios que reciben facturas sin IVA de los proveedores de la CE?

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Los ssrvicios prestados a otros países intracomunitarios no están sujetos a IVA por lo que no habrá que liquidar ningún IVA. Los servicios que nos han prestado en cambio obligan a aplicar la inversión del sujeto pasivo y si estarán sujetos

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