Tiene garantía un coche vendido de particular a particular

Hace unos días le vendí mi coche a un particular con un contrato de compraventa y le dijimos un fallo que tenia el coche especificandolo en el contrato. Después de pagarnos y firmar el contrato, le ha hecho una prueba mecánica y ahora dice que tiene un problema de motor (y todavía no ha cambiado el coche de nombre por lo que sigue al mio) y que aunque sea una venta de particular a particular que ha cambiado la ley y que por lo tanto por no se que nueva ley el tiene el derecho de garantía de 2 meses y yo la obligación de darle la garantía durante este tiempo. Me gustaría saber si es verdad este periodo de garantía o entre particulares no existe; de ser afirmativo ¿le tendría que pagar el arreglo?

2 respuestas

Respuesta
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Por ley el particular tiene que dar garantía de 6 meses por vicios ocultos, osea que seria, si le vendes un coche a alguien y sabes que le va a durar un rato nada mas.

El que compra el coche tendría que demandarte y demostrar que la avería no la produjo el.

Así que eso es lo que dice la ley, si la cambiaron hace un mes o dos, que te saque el articulo.

Respuesta
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En este caso, se aplica la normativa para compra-venta de cualquier objeto entre particulares recogida en el Código Civil. Este, en su artículo 1.484 lo define así

[quote]

“El vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella; pero no será responsable de los defectos manifiestos o que estuvieren a la vista, ni tampoco de los que no lo estén, si el comprador es un perito que, por razón de su oficio o profesión, debía fácilmente conocerlos.”

Si como afirma, el comprador sabia de tal defecto, no tendría que responder por ellos.

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