Venta de fundas para móvil ilustradas por dibujantes no contratados ( irpf)

Hace unos días realicé una consulta parecida y me respondieron bastante bien. Ahora he encontrado precedentes de mi idea y mis dudas sobre si estas empresas son legales o no.

Estoy pensando en hacerme autónoma y me ha surgido una serie de dudas. Quiero montar un negocio online de venta de fundas para el móvil ilustradas. La idea es que cualquier dibujante de cualquier parte del mundo pueda subir sus diseños a la web. Los clientes van mirando y cuando les gusta un dibujo lo compran y yo me encargo de imprimirlo en una tienda y de enviárselo. Al dibujante se le da un procentaje de las ventas. Digamos que el total de la funda para el móvil es 40€, al dibujante se le paga 10€ y entre impresión y envío gasto otros 10€
Mi duda surge al querer pagar a los dibujantes, ya que no se si han de estar dados de alta como autónomos o al ser una actividad colaborativa con una plataforma de internet no es necesario. Pregunto esto porque, obviamente, los gastos del dibujante debo incluirlos en el irpf (si no me equivoco) para que del dinero total que me han pagado (40€) me descuenten los 10€ que me ha costado los servicios del dibujante.
Todas estas dudas surgen porque yo veo en internet muchas plataformas (vease latostadora.com) que suben ilustraciones de artistas a cambio de un procentaje de las ventas y se de buena tinta que esos dibujantes no están dados de alta y no se les pide que lo estén. Otras plataformas que hacen esto son youtube, que no les exige a los youtubers (esos muchachos que son famosetes en esa web y que reciben honorarios por sus videos) que esten dados de alta.
Ya se que es una pregunta muy larga.

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Respuesta
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Al igual que en la anterior pregunta, recomendarle se ponga en manos de un experto, que le estudie su caso concreto y le ayude a planificar, para evitar problemas futuros.

Por lo que parece, ahora se trata de derechos de autor y no de prestaciones de servicio de profesionales. Los derechos de autor, son algo complejos, pero las remuneraciones a estos autores, pueden estar exentas de IVA y solo ser necesario la aplicación de retención en los pagos. Ser autor, no significa realizar una actividad económica, empresarial o profesional, en la mayoría de los casos.

El tema de demostrar la autoría, si puede llegar a suponer un problema en algunos casos, por lo que lo recomendable seria solicitar que los diseños estén registrados por el autor, aunque seguro que muchas empresas no lo hacen... Pero se puede encontrar con plagios y ser usted responsable en algunos casos... por lo tanto la forma de asegurarse que el autor es quien dice serlo, es que la obra este registrada. Esto no es caro y relativamente sencillo, pues hay Registros de la Propiedad Intelectual en todas las provincias.

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