Tenemos obligación de disponer de un certificado de eficiencia energética de una casa unifamiliar aislada de 45m2

Vamos a vender una casa unifamiliar aislada de una superficie de 45m2 con una parcela de aprox 2000m2, en una urbanización en la provincia de Guadalajara. Tengo entendido que para vender o alquilar es obligatorio de disponer del certificado energético, pero hay excepciones, como es el caso de viviendas aisladas de menos de 50m2. Quisiera que me aclararan esta duda.

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Según el RD 235/2013 que establece el procedimiento de la certificación energética están exentos de obtener la misma:

- Edificios aislados con una superficie útil inferior a 50 m2 (art. 2.2.e)

Por tanto si estarían exentos al cumplir dichas condiciones. Otra cosa es si merece la pena el no realizarlo.

Por el precio que actualmente algunos técnicos realizan los certificados probablemente se evitarán problemas a la hora de explicar la ley. Por que quien compra o alquila no tiene que conocer la normativa, ellos han oido que se necesita un certificado energético y usted le explicará que no lo tiene porque no es obligatorio. Lo más probable es que el comprador de primeras desconfie.

Además, teoricamente el certificado energético es un valor añadido a la vivienda (siempre y cuando se realice correctamente, si opta por un certificado energético de los de 50 € es unicamente un papel firmado por alguien para salvar el trámite administrativo).

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