Deuda en comunidad de propietarios

Por motivos personales y económicos, durante un tiempo no pude pagar comunidad, en este momento tengo una deuda, ahora mismo esta todo en manos de abogados por parte de la administración, me obligan a pagar mensualmente una cantidad de 400 euros al mes para ponerme al día en la deuda, pero con mi sueldo es imposible, llevo más de dos años pagando religiosamente la mensualidad pero claro, la deuda sigue ahí, hasta que pueda abonarla, me han prohibido el acceso a la piscina pero no a otra zona común, como barbacoa o jardines, ¿es eso legal?

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La LPH no considera esa opción. Sólo establece que los propietarios están obligados al pago de lo que les corresponda y que, en caso de no hacerlo, la Comunidad se lo puede reclamar por medio de los procesos monitorios.

Sin embargo, existe una resolución, con fecha 23 de Octubre de 2012, de la Dirección General de los Registros y del Notariado que permite el registro de unos Estatutos Comunitarios en los que se prohíbe el acceso a zonas comunes especiales, que no son necesarias para la habitabilidad, como las piscinas, pistas de tenis, etc. a propietarios morosos.

Siendo así, debería Ud. revisar los Estatutos de su Comunidad y verificar que realmente consta esa prohibición. Si no constara (que es lo más normal, porque no es una norma que suela constar de inicio y, cualquier modificación posterior, supone un coste no despreciable a la Comunidad) no se le podría prohibir el acceso.

http://www.derechoudima.com/?p=441 

http://www.mavelcafincas.es/se-puede-prohibir-a-los-vecinos-morosos-el-acceso-a-la-piscina/ 

http://www.mundojuridico.info/acceso-a-la-piscina-de-los-propietarios-morosos/ 

Gracias por su respuesta..entiendo entonces que puedo pedir a la administradora una copia de los estatutos.....

Esperando su respuesta..gracias de antemano.

Puede solicitarlo. Sin embargo, es muy posible que no los tenga.

En cualquier caso, puede acudir al Registro de la Propiedad, que es donde deben estar registrados, para tener validez.

Aha...ir al registro y pedir lps estatutos de la comunidad solo dando el nombre de esta no?? 

Solicite una nota simple de la propiedad. Se puede hacer en persona o telemáticamente

https://www.registradores.org/nota_simple.jsp 

¡Gracias! Me ha ayudado muchísimo!

Saludos

Me alegro.

De todos modos, tómeselo como lo que es: una orientación. No se trata de una opinión profesional, puesto que no soy abogado.

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No es posible legalmente que le priven de los servicios de la comunidad, ya sea piscina o cualquier otro por tener una deuda, usted tiene unos derechos que se regulan en el artículo 3 a LPH y no se le puede privar de los mismos.

Por otro lado también tiene unas obligaciones como es el pago de las cuotas y la comunidad ya esta tomando las medidas que considera necesarias por medio de un abogado, aqui al igual que en el caso anterior le asiste la razón en derecho, es la comunidad quien puede exigir el pago de las cuotas en virtudl del art. 21 LPH independientemente de su situacion, otra cosa es que usted demuestre en caso que se le reclame judicialmente que esta haciendo lo posible por realizar pagos, sería conveniente que usted realizara mensualmente el pago de una cantidad que usted pudiera para demostrar su buena voluntad en la cancelación de la deuda, no tiene porque ser los 400 € que le exigen.

Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.
http://www.optimizo.es/LEYPROPIEDADHORIZONTAL.html  

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