Trabajo sin contrato. Pensando en denunciar.

He estado casi 2 meses trabajando en un restaurante sin contrato, pero sólo fines de semana. Estuve esperando que me hicieran contrato pero al final me echaron. ¿Esto es denunciable?. ¿Después de denunciar vamos juicios? ¿Qué puedo sacar si gano el juicio?

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Respuesta

Estar sin contrato de trabajo es irregular y puede dar pie a que usted tenga la condición de indefinido. Si ya tampoco fue dado de alta, la situación ya sería escandalosa, aunque no poco habitual.

¿Cómo le echaron a usted? No me extrañaría que ya, para hacerlo redondo, le despidieran verbalmente, en cuyo caso el despido es improcedente. Ahora bien, ha de saber que hay un plazo de 20 días para impugnar ese despido desde que el despido se produjo.

Por tanto, en respuesta a sus preguntas:

1. Sí, es denunciable ante la ITSS.

2. Después se irá a juicio siempre y cuando se interponga la correspondiente demanda, la cual será posible siempre y cuando hayan pasado menos de 20 días desde el despido. Ojo, si el despido fue verbal, se debería haber mandado un burofax inmediatamente a la empresa.

3. Si se gana el juicio tendrían que indemnizarle conforme a un despido improcedente, cuya cuantía no se puede saber ahora por no conocer ni su antigüedad ni su salario.

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No tuve contrato y tampoco me dieron de alta en la seguridad social, estuve en el restaurante de septiembre hasta mediados de octubre trabajando sólo fines de semana. Me pagaban 6 € la hora más propinas. No he enviado ningún burofax ni se cómo hacerlo. Supongo que la indemnización será muy pequeña y probablemente no cubriría ni los gastos de abogado y demás.
Si no es así por favor corríjame.

Muchas gracias por la información, es de gran utilidad.

Me despidieron verbalmente. Un viernes por la noche les pregunte acerca de mi contrato, de si me iban a contratar o no y porque y me dieron que no podían y que ya no fuera a trabajar más.

El hecho de no haber estado dado de alta en la seguridad social, independientemente de no tener contrato, le convierte a usted automáticamente en indefinido tal y como establece la Ley.

Si se está en plazo para demandar por despido (20 días desde el despido) se podría pelear por despido improcedente. Haría falta algo para demostrar que usted ha trabajado en esa empresa (testigos, justificante de pago, etc). Posiblemente la indemnización sea pequeña, pero no menos cierto es que en esta vía judicial no es necesario abogado, ni procurador, ni se pagan tasas ni condenan en costas, de forma que un abogado le puede hacer el papeleo y el resto lo hace usted guiado por dicho abogado, de forma que se ahorra usted la mayor parte de sus honorarios.

Se esté o no en plazo, se puede interponer denuncia ante la ITSS con la que no habría juicio, sino que se conseguiría una sanción importante para la empresa, así como que a usted le "reintegren" en tiempo cotizado el tiempo que trabajó y que no estuvo de alta.

Quizás mandando una carta a la empresa a través de abogado poniendo de manifiesto todo esto y que se van a emprender acciones incluso ante la ITSS, la empresa entre en razón y le reconozca algo, sin tener que llegar ni a meter demanda, puesto que la empresa sabe (o debe saber) que tener a un trabajador sin contrato ni dado de alta (aunque sean 15 minutos), constituye una infracción muy grave y que la broma le puede salir bien cara.

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