¿Se puede dar licencia de apertura a un taller metálico cuya nave carece de depósito contra incendios?

Vamos a montar un taller para fabricar mobiliario metálico y nos encontramos con que las naves no tienen el contra incendios con depósito de agua. Tengo entendido que es obligatorio para naves de más de 500 m2 sea cual sea la actividad. Al mismo tiempo, vea negocios que se instalan en naves que no reúnen estas condiciones. La pregunta es ¿puedo iniciar actividad y obtener licencia aun sin disponer del depósito?

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Las medidas de protección contra incendios pueden variar atendiendo a las características del local, de la actividad y del municipio en el que se encuentren.

Existen medidas contraincendios como extintores y bocas de incendio más adecuadas para la actividad. Cuando no se puede garantizar un suministro de agua suficiente para las bocas de incendios es cuando se piden depósitos de acumulación de agua, pero suelen ser casos reducidos.

Compruebe en su ayuntamiento si necesita unas medidas especiales acorde con la normativa municipal y con un ingeniero comentando las condiciones específicas de su local.

La actividad no puede iniciarse hasta que no se dispongan de las medidas de protección contra el fuego oportunas.

Esperamos haber sido de ayuda. Un saludo y gracias por valorar la respuesta.

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