Tributa en el I.S. El beneficio procedente de aportación de un inmovilizado a una ampliación de capital?

Una sociedad es propietaria de un inmovilizado valorado en 600.000 euros (explotación agrícola) con unas deudas de 1.000.000 euros. Aporta dicha finca para ampliar capital de otra sociedad. A cambio, recibe 600.000 participaciones de 1 euro cada una y la sociedad participada asume las deudas de la finca. En la contabilidad de la participante se genera un beneficio procedente del inmovilizado por la diferencia entre el valor de la finca y el importe total de las deudas. Mi pregunta es la siguiente: ¿dicho beneficio tributa en el impuesto sobre sociedades o está exento por inversión en el capital de una sociedad que va a continuar la explotación agrícola? ¿existe alguna deducción en el I.S. Por este tipo de inversión?

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