Donación de local a discapacitado

Quiero donar a mi padre, que tiene una discapacidad del 65% y 55 años, para ayudarle económicamente, la plusvalía de un local comercial (academia) de mi propiedad que tengo en alquiler (ya hablé con el inquilino y en el contrato de alquiler recogimos esta posibilidad).

El local lo compré hace un año, por 38500 € y de gastos de compra gasté entre impuestos y demás gastos 5600 €.

El local tiene de valor catastral 72000 € (lo compré en subasta) y el coeficiente de corrección del ayuntamiento de Málaga es 1,25.

Sé que tengo que pagar el IRPF, el impuesto de donaciones y la plusvalía, pero no sé a cuanto asciende y sobre todo, si tengo alguna bonificación por ingresarlo al patrimonio de un discapacitado o algo así.

A la espera de sus noticias.

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No entiendo bien lo que me preguntas. ¿Quieres donar el local o quieres donar los rendimientos del capital inmobiliario generados por dicho local?

Comentarte que:

Aportantes y beneficios:

Parientes en línea directa o colateral hasta el tercer grado inclusive, cónyuge o tutor: reducción en la base imponible del I.R.P.F. de hasta 8.000 euros anuales, o de 24.250 euros anuales si aporta un grupo de personas. Contribuyente del Impuesto de Sociedades: podrá deducirse en la cuota íntegra el 10 por ciento de lo aportado (no podrá superar 8.000 euros anuales por persona con discapacidad)

Es decir, el máximo que podrás deducirte serán 8000€ anuales.

Muchas gracias por la presteza en contestar. Lo que quiero dejarle es el usufructo del local, quedándome yo la nuda propiedad, así, si no estoy equivocado,  podrá quedarse con los alquileres que produzca el local. 

Mi idea es proporcionarle una renta mas o menos fija y que el día de mañana el local retorne a mí.

Creo que como tiene 55 años, al valor real que se calcule del local, habría que hacerle 89-55=34.

O sea un 34% será la base imponible para calcular IRPF, Impuesto de sucesiones, etc,

pero lo que no sé es si por hacerse la donación a un discapacitado, existía alguna bonificación.

Gracias

Si, por realizar aportaciones al patrimonio protegido de una persona con una discapacidad del 65% o superior tendrás una reducción de la base imponible general.

Las aportaciones realizadas, que podrán ser dinerarias o no dinerarias, darán derecho a reducir la base imponible del aportante, con el límite máximo de 10.000 € anuales. Si el importe supera los 10.000€ los podrás compensar en los 4 años siguientes.

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