Puede la empresa negarme las vaca iones despues de la baja maternal?

He terminado la baja maternal y los dias de lactancia y yo solicite mis vacaciones para justo despues delos dias de lactancia y no me los han dado ¿tengo derecho a qie me las den cuando las solicite o tiene derecho la empresa a darmelas cuando ellos quieran?¿con cuanto tiempo de antelacion deben comunicarme cuando me las dan?

Un saludo GRACIASS

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Te copio y pego el articulo 38 del ET:

Artículo 38 Vacaciones anuales

1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.

2. El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los convenios colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.

En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.

3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.

Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 y 48. Bis de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.

En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado.

Como podrás ver en el punto, tres de dicho articulo si antes del embarazo no as podido disfrutar de las vacaciones. La empresa tiene la obligación de concedertelas, despues de dar a luz para lo que tendrías que poneros de acuerdo ambas partes en la fecha para su disfrute ya que ninguna de las partes puede imponer una fecha de forma unilateral porque tiene que haber acuerdo entre las dos partes y la fecha se tiene que conocer con dos meses de antelación, y si tienes algún problema con la dirección de la empresa lo que tienes que hacer es acudir al juzgado de lo social para que sea un juez quien fije la fecha de las vacaciones .. Así que ya lo sabes, la empresa no te puede negar las vacaciones si no las as disfrutado antes de dar a luz, y si te las niega o no llegáis a un acuerdo presenta te en el juzgado de lo social y ya veras como en muy poco tiempo se resuelve la situación.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno.

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