¿Problema con herencia post-mortem y cómo solucionarlo?

Mi madre falleció en Agosto de 2012. Hay una asesoría jurídica que me está llamando por una supuesta deuda de mi madre contraida con un banco. Me informaron que esta deuda empezo en Septiembre de 2012 una vez ya fallecida...

Esa cuenta fue imposible de cancelarla palabras textuales del banco en su día, así que la pareja de mi madre, se borro de ahí y entregó la libreta en la oficina. Ahora me reclaman cuatro cifras cuando esa libreta se dejó en saldo positivo con más de 1000 euros que fueron imposibles retirar, ya que valía más la firma para sacarlos que el importe de lo que había en la cuenta.

De mi madre no he heredado nada, no se redactaron ultimas voluntades ya que murió inesperadamente y por mucho que quiera "renunciar a la herencia" a la hora de firmar ese documento en una notaria para librarme de este problema, me van a pedir el testamento, cosa que mi madre no hizo, no poseía absolutamente nada más que su cuenta en el banco.

Esta gente está dando por supuesto que yo debo de hacerme cargo de ello cuando no he heredado nada y ya casi han pasado 2 años desde que falleció recibiendo la noticia hace casi apenas 14 días, cuando se trata o de un error del banco, o de que realmente la pareja no está diciendo lo que es cierto.

¿Qué se puede hacer antes de llegar a la vía judicial? ¿Me puede pasar algo a mi cuando no tengo ni el 1% de culpa de este asunto? No le veo salida.

PD: Ya he ido al banco y me han comentado que después de fallecer mi madre, alguien seguía sacando dinero, 120. 300... (pareja de mi madre) dinero que es de la seguridad social ya que mi madre cobraba pension, pero cómo fallecio ese dinero ya no le correspondia. Esto se contradice con lo que dice su pareja.

Agradecería enormemente la ayuda de manera seria y concisa.

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Hay un Departamento de Atención al Cliente en las entidades bancarias, en el que Vd. puede interponer una queja contra el banco.

Sobre la renuncia de la herencia, al no tener testamento, primero hay que hacer la declaración de herederos y luego la renuncia (todo ello en la Notaría). Con eso, cualquier deuda que tuviera su madre no le afectaría como heredero al haber renunciado a beneficio de inventario.

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