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Dado que llevas en España más de dos años legalmente residiendo, nunca perderás el derecho a la nacionalidad española. Si no diera tiempo a que te concedan la nacionalidad antes del divorcio, pero ya has presentado todos los papeles, ya no hace falta que hagas nada, puestoq ue resta nada más la jura y tu esposa no debe acudir contigo ya. Si por lo que sea requieren a tu espsoa y ya hay sentencia de divorcio no pasa nada, llevas la sentencia. Eld erecho a la nacionalidad te viene por haber residido en España dos años, no por ser esposo de española.
Consejo: Hasta que no tengas el DNI en la mano debes mantener tu residencia en vigor. Si te divorcias, es mejor que comuniques esto en la oficina de extranjeros para que te cambien la tarjeta comunitaria a una de residencia y trabajo, puesto que trabajas. De esta forma ya no dependes de tu esposa y tienes derecho a residencia. Si esperas a que te venza la tarjeta, puedes perder el derecho a la residencia, puesto que habrás estado un año como casado con española sin estarlo. Creo que lo normal es que te concedan la nacionalidad española y solicites el DNI español muy pronto. Aunque haya separación, hasta que no se dicte sentencia de divorcio sigues teniendo derecho a la tarjeta comunitaria.
Un saludo,
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