Necesito ayuda sobre una duda para visado de reagrupación familiar en régimen comunitario tipo c

Me gustaría que me ayudaran haber yo soy española y mi esposo es colombiano yo estoy viviendo en españa y mi esposo le dieron la visa por reagrupación familiar en régimen comunitario tipo c y en observaciones pone familiar bueno mi pregunta es nosotros compremos el pasaje de ida solo necesita el pasaje de vuelta? ¿O no es necesario?

4 Respuestas

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Si ya te han concedido el visado, significa que ya presentaste toda la documentación en el consulado, ¿no? Si eres española y quieres que tu marido resida en España contigo, la solicitud de visado se tramita directamente en el consulado ( una vez aprobado el matrimonio en España e inscrito).

Por tanto, si ya tiene el visado estampado en el pasaporte no comprendo la duda de si necesita presentar billete de avión...

Si no lo tiene todavía expedido en el pasaporte, lo que tenéis es reconocido e inscrito el matrimonio y vais a tramitar el visado para que venga, en ese sentido no sería necesario que presentara ese billete, pues estamos hablando de una reagrupación familiar en régimen comunitario y lo que hay que acreditar son los medios económicos tuyos, tu domicilio, tu intención de que él resida en España contigo, su pasaporte, certificado de matrimonio español y actualizado, tu DNI, certificado de empadronamiento...

De todas formas, para que te quedes más tranquila, el visado es correcto ( por el tipo de régimen que se aplica a nivel legal) y basta con que lleve un billete de ida...

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mi matrimonio ya esta registrado en españa tenemos el libro de familia y el ya tiene la visa de reagrupación familiar régimen comunitario tipo C puesto en el pasaporte entonces la duda era que nosotros ya hemos comprado el tiquete de ida hacia españa pero era si iba a necesitar el regreso por que en la visa lo de los 90 días

Entendido. No, solo el de ida. Para el régimen comunitario no existe el visado de reagrupación familiar como en el otro régimen. Una vez que se acreditan se cumplen todos los requisitos, se expide un visado tipo C como el que le han estampado en el pasaporte. Ya no deben justificar nada más a nadie, salvo cuando lleguen a España para poder tramitar él su Tarjeta, pero eso es otro asunto y es muy sencillo.

Así que nada, viajen tranquilos.

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Resido en España ya he hecho los trámites de reagrupación familiar comunitaria y todo muy bien perfecto y ya mi esposo tiene el visado y quisiera saber si es obligatorio que mi esposo tiene que comprar el billete de ida y vuelta o no es necesario?

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