Casamiento entre extranjeros en españa.

He visto algunas respuestas y me instruido bastante sobre algunos temas así que agradezco mucho la ayuda.
Prefacio: estoy viviendo en españa hace un año y algo más, tengo un permiso de residencia y trabajo, estoy trabajando, etc... Todo en regla por suerte. Hace 3 años que estoy de novio y la idea con mi novia siempre fue venir a vivir y ella viene en breve. Obviamente queremos casarnos acá apenas venga. Más o menos los requisitos los tengo claro (corrígeme si falta algo): documentación (pasaporte mi novia, NIE por mi parte), certificados de estado civil y nacimiento de ambos, luego cuando ella venga estaremos empadronados en el mismo domicilio y pediremos la instancia en el registro civil.
Mis dudas son las siguientes: 1.- Con todo eso, por más que ella solo tenga un visado por turista y yo un permiso de trabajo ¿podremos casarnos? 2.- Si se procede al casamiento ¿ella obtendría un permiso de residencia? 3.- ¿Sería causa de denegación de matrimonio por complacencia el hecho de que ella no tenga un permiso de residencia?
Nuevamente muchas gracias. Soy médico así que si necesitas algo ya sabes je je.

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No es tan fácil. Hay un requisito extra: debe demostrar tu novia, la residencia de los dos últimos años (tu también, pero con el empadronamiento lo tienes). Y no lo podrá hacer. El tiempo que estuvo en su pasi, lopude demostrá. Pero tendrá tres meses en España, en los que no se puede empadronar (mientras este como turista). Ni pueden iniciar el tramite ante el Juzgado, mientras ella noeste empadronada.
El casamineto no le otorga a ella el Permiso de Residencia. A menos que se case con un español/a de origen.
Lo lamento. En cuanto al ofrecimiento, gracias, Uds. son de echarle tierra al asunto ja ja.
Bueno muchas gracias por responder tan rápido. No entendí mucho eso de echarles tierra (sobre todo el "UDS")...
El punto 2 me lo aclaraste perfecto y agradezco. Ahora preciso hacer una acotación: yo tengo un permiso de residencia pero antes de solicitarlo yo vine a España sin nada más que el permiso de turista. De todos modos me empadronaron igual. Por eso es que no entiendo por qué me dices que ella no lo podría hacer. Luego, ¿ella debería demostrar dos años de convivencia conmigo o dos años de residencia legal en españa?
Muchas gracias nuevamente! Hasta pronto!
Recuerda, te empadronaste luego de vencer el perido de turista, después de los tres meses. Antes, imposible. Tu novia, pasara por lo mismo, por tres meses, no se podrá empadronar. Esos tres meses, son los que no puedes justificar. Igual, presenta la solicitud, como son ambos extranjeros y no afecta su estatus, tal vez les permitan casarse.
Lo de echar tierra es una broma. ¿Qué pasa cuando un medico no pude curuar a un paciente? Se le echa tierra por encima, bueno ahora también hay panteones.

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