Vigencia de la residencia permanente...

Tengo ya 10 años en España y residencia permanente desde entonces. La crisis me ha tocado como a mucha gente en España y ahora tengo una oferta en mi país de origen. Estoy pensando seriamente ir y ver que pasa. Mi pregunta es: si me voy a probar suerte, ¿qué tiempo tengo antes de que se me venza la residencia permanente? Quisiera irme pero sino resulta tener la oportunidad de volver a España.
He escuchado que tendría 6 meses para volver. Si es así, y todavía estoy trabajando allá, ¿podría venir antes de que se cumplan los 6 meses a España y volver a mi país? ¿Evitaría eso que se cancele la residencia?
Si tiene otra información que me ayude se lo agradecería.

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Respecto a la aceptación de la oferta en su país de origen es usted quien debe meditar los pros y los contras de la misma. Respecto al mantenimiento de su residencia permanente le cito los requisitos a los efectos de tiempo de estancia en el exterior que le van a requerir.
No sé si sabrá que usted no puede residir fuera de españa:
- Más de doce meses continuados
- Más de treinta meses en el caso de estancias discontinuas que no lleguen a los doce meses. Se considera que la suma de las estancias parciales fuera de españa no puede superar los treinta meses en los cinco años de vigencia de su permiso de residencia permanente.
Para su computo se le requerirá la fotocopia de todas las hojas de su pasaporte en vigor, así como (en el caso en que éste haya caducado en el tiempo de vigencia de su permiso de residencia a renovar) también el antiguo o caducado.
En el caso de que las estancias fuera de españa no superen los periodos citados, su permiso de residencia será renovado, ahora bien usted deberá estar en España para su renovación.
Espero haberle aclarado las dudas, lo que comenta sobre los seis meses continuos o hasta 12 meses discontinuos es para cuando se tiene que pasar de la tarjeta temporal a la tarjeta permanente.
Gracias por toda la información que me está dando.
Tengo una duda: ¿Me ppodría aclarar esta frase? : Más de treinta meses en el caso de estancias discontinuas que no lleguen a los doce meses...
Gracias,
La verdad es que por este medio es difícil poder explicarse de modo que la otra parte entienda claramente lo que se le está trasmitiendo.
Dicha frase significa que si usted ha estado fuera de españa en periodos que no llegan a los 12 meses consecutivos, dichos periodos se sumarían y dicha suma no podrá superar los 30 meses en total.
Intentaré un ejemplo práctico:
Imaginemos que usted ha estado fuera de españa
- 2 meses en el año 2005
- 10 meses en el año 2006
- 7 meses en 2007 y
- 9 meses en 2009
Sumaríamos dichos periodos de estancia fuera de españa y obtendríamos una cifra de 28 meses, con lo cual serían menos de 30 meses y usted podría renovar su permiso de residencia permanente. En el caso de que dicha suma superase los 30 meses su renovación le sería denegada.
Creo que queda claro y explicada su duda.
Gracias, la duda quedó aclarada, pero me gustaría saber una cosa más: ¿Qué pasa si sigo residiendo en España pero me contrata una empresa que requiere que este constantemente viajando y pasando períodos más o menos largos en distintos países?
Respecto al tema que me propone, he consultado con compañeros de trabajo y me han comentado que todo depende de muchos factores, de donde está la sede de la empresa, de si se viaja por la unión europea, de si es dentro de schenguen o no.
Hay una directiva comunitaria que lo regula dentro del espacio europeo.
Por tanto, todo es cuestión de muchas variables. La generalidad es la que yo le comento. Ello es para un trabajador extranjero con residencia permanente y trabajo en españa.
Informesé con abogados especialistas en derecho del trabajo y con conocimientos en extranjería. Los sindicatos (tipo C.C.O.O. y UGT) disponen de servicio jurídico de asesoría para estos casos. La consulta se debe pagar pero para un caso tan concreto es conveniente saber lo que la legislación específica preveé.

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